
Con el fallo condenatorio que acaba de dictar la jueza 44 penal del circuito de Bogotá Sandra Liliana Heredia Aranda sobre el expresidente Álvaro Uribe Vélez, el proceso contra el exmandatario está lejos de terminar. Ahora se vienen varias acciones legales que podrían llevar el caso incluso hasta la Corte Constitucional.
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Como lo habían anticipado los equipos jurídicos de ambas partes, ahora lo que viene es la apelación del fallo para que sea revisado por una instancia superior de mayor jerarquía, una competencia que tiene la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, de acuerdo con la explicación del jurista Hernando Herrera, director de la Corporación Excelencia en la Justicia y miembro de la mesa de trabajo de Caracol Radio.




“Para interponer un recurso de apelación que da lugar a una revisión del caso, la parte que resultó vencida cuenta con cinco días hábiles para sustentar su recurso. Y la parte que no haya recurrido [que no haya interpuesto ningún recurso] tendrá otros cinco días para pronunciarse sobre los argumentos expuestos en esa apelación” de la contraparte, explicó Herrera en esa emisora.
En ese punto, el expediente pasa al Tribunal Superior de Bogotá, que puede confirmar la decisión de la jueza o revocarla. Pero luego —agregó el abogado Herrera— también podría venir una tercera fase, porque el caso podría llegar a la Corte Suprema de Justicia si es que se interpone un recurso adicional, el de casación.
El recurso de casación —según el Ministerio de Justicia— es una herramienta usada para buscar que la autoridad judicial máxima corrija los errores graves de las decisiones judiciales expedidas por los tribunales superiores, y consta de tres etapas, la primera de las cuales se produce una vez el juez de segunda instancia lea la decisión y se la comunique a las partes. Cualquier persona que haya intervenido en el proceso puede presentar el recurso de casación dentro de los 5 días hábiles siguientes.
Después tendrá 15 días para presentar el escrito con la información detallada y las razones de la petición para que sea admitida. Si no lo presenta dentro de estos días, se declarará negado el recurso. Una vez presentado el escrito, la Corte tendrá 30 días parar admitirlo.
Posteriormente, se deberá sustentar el escrito en audiencia que se debe llevar a cabo dentro de los 30 días siguientes. Finalmente, la Corte tomará su decisión aceptando o no las peticiones presentadas, dentro de los 60 días siguientes a la audiencia. Contra esta decisión solo se puede presentar el recurso de revisión.
“O si también obra el principio de doble conformidad que se origina si la sentencia en segunda instancia es condenatoria, lo que supone que la Corte Suprema tenga en ese caso la posibilidad de revisar también este expediente”, continuó Herrera en la misma emisora.
Caso de Álvaro Uribe puede prescribir
El jurista también advirtió en el mismo medio que los términos de la prescripción concurren de manera directa: “Este proceso debe culminar antes de la primera quincena de octubre para que el caso no prescriba, con independencia de lo que pase en esas dos instancias adicionales (Tribunal Superior de Bogotá y Corte Suprema). Si no se alcanza entonces en conclusión a fallar antes de esa fecha límite el caso habrá prescrito”, explicó Herrera.
“La prescripción penal es una figura jurídica que establece la pérdida del derecho del Estado a ejercer la acción penal cuando transcurre un tiempo determinado sin que se inicien las diligencias correspondientes”, explica Ámbito Jurídico. “Esta situación ocurre cuando los operadores judiciales no adelantan oportunamente las gestiones necesarias para establecer la responsabilidad penal del implicado en un delito”.
Ese medio especializado también aclara que, de acuerdo con la legislación colombiana, el término de prescripción varía según el máximo de la pena establecida en el Código Penal para cada delito. “Este periodo no puede ser inferior a cinco años ni superior a veinte años. Si dentro de este plazo no se inicia formalmente el proceso penal, el caso pierde vigencia jurídica y no podrá ser reabierto”, asegura.
Por otra parte, el abogado Herrera anunció asimismo que es “muy posible” que el caso llegue hasta la Corte Constitucional por vía de una eventual tutela contra la sentencia dictada por la jueza Heredia en cualquiera de sus fases. Si la Corte Constitucional la selecciona, el expediente puede llegar a ese alto tribunal guardián de la Constitución de Colombia.
“Para que eso pase, porque la tutela es una acción subsidiaria, tienen que haberse surtido todas las instancias del proceso penal”, precisó Herrera. Es claro que el camino todavía muy largo para que el proceso contra el expresidente Uribe vea su fin.
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