
Puntualmente, los beneficiados serían los miles de personas que hoy trabajan a través de contratos de prestación de servicios en Colombia, que, por ejemplo, en este mes de junio no reciben la muy anhelada prima.
Pese a que el proyecto, que fue radicado en el Congreso, estaba con un panorama incierto, en las últimas horas se conoció que ya pasó su primer debate y ahora debe ser agendado para el segundo debate en el Senado.
Prima de servicios para contratos por prestación de servicios
Los encargados de promover esta iniciativa son los colectivos de ‘Jóvenes de Incidir para Existir’ y ‘El Avispero’ (compuestos por más de 150.000 personas). La pretensión de ellos es que se pague una prima anual equivalente al 25 % de los honorarios mensuales que tiene un trabajador por prestación de servicios en el país.
“Esta es una deuda histórica con quienes han sostenido buena parte del funcionamiento del Estado sin garantías mínimas. No pedimos privilegios, pedimos justicia laboral”, señalaron los organizadores del proyecto.
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Así mismo, hacen un llamado urgente al Senado para que se agende pronto la segunda discusión y se reivindiquen los derechos de la población que trabaja con esa figura legal en Colombia.
Con la idea de hacerse sentir aún más, esos mismos colectivos convocaron a una manifestación y presionar que se programe el segundo debate. El encuentro será el próximo martes (10 de junio), sobre las 7:30 a.m., en la estación de Transmilenio de la Calle 100.
Contratos de prestación de servicios y su lucha por la prima
Los contratos de prestación de servicios son una figura jurídica ampliamente utilizada en Colombia, tanto en el sector público como en el privado. Si bien ofrecen flexibilidad y autonomía a los profesionales, también han sido objeto de un intenso debate sobre su naturaleza y las condiciones laborales que realmente ofrecen a los contratistas, especialmente en lo que respecta a la prima de servicios, una prestación social fundamental en el derecho laboral colombiano.
¿Qué son los contratos de prestación de Servicios?
Un contrato de prestación de servicios es un acuerdo de naturaleza civil o comercial en el que una persona natural o jurídica se obliga a ejecutar una labor específica para otra, a cambio de unos honorarios.
A diferencia de un contrato laboral tradicional, en este tipo de vínculo no existe una relación de subordinación continua, lo que implica que el contratista no tiene un horario fijo, no recibe órdenes directas constantes sobre cómo ejecutar su trabajo (solo sobre el resultado final) y asume la responsabilidad de sus propios medios para cumplir con el objeto contractual. La esencia de este contrato radica en la autonomía e independencia del contratista.




Actualmente, y por regla general, los contratistas por prestación de servicios no reciben prima de servicios en Colombia. Sin embargo, este es un tema que ha ganado fuerza en el debate público y legislativo.
Diversos proyectos de ley han buscado y continúan buscando la manera de extender este y otros beneficios a los contratistas, reconociendo la precarización que a menudo enfrentan. Algunas propuestas exploran la posibilidad de una “prima” reducida o un pago adicional como reconocimiento a su contribución, buscando un equilibrio entre la flexibilidad contractual y la protección social.
El movimiento para que los contratistas accedan a la prima de servicios no es nuevo y refleja una creciente conciencia sobre la necesidad de adaptar el marco legal a las realidades del mercado laboral. Organizaciones sindicales, gremios de profesionales y legisladores han presentado iniciativas que buscan modificar la legislación vigente.
Aunque el camino es complejo, dada la distinción fundamental entre el contrato civil y el laboral, la presión por una mayor equidad en las condiciones de los contratistas es innegable y se mantiene activa en la agenda política.
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