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Este artículo fue curado por Edwin Cau00f1on   Ene 21, 2024 - 11:55 am
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En los últimos días los empleados de las diferentes empresas de Colombia han estado hablando del pago de los intereses de las cesantías, que tiene como fecha límite el próximo 31 de enero. A raíz de eso, nacen varias preguntas sobre el tema.

Una muy recurrente es sobre el dinero que no cobró una persona que falleció. Cabe resaltar que es crucial entender cómo manejar sus cesantías de manera legal y sin complicaciones innecesarias.

(Vea también: Así puede consultar su saldo de cesantías en Porvenir, Protección y más fondos; es fácil)

En primer lugar, es importante señalar que las cesantías hacen parte de los derechos laborales y su tratamiento depende de varios factores, incluyendo si el fallecido tenía beneficiarios designados.

En términos legales, la primera acción es informar Del fallecimiento a la entidad financiera o entidad encargada de administrar las cesantías. Es crucial tener en cuenta que, en ausencia de beneficiarios designados, la sucesión se rige por las leyes correspondientes y puede implicar trámites más complejos.

Según el Ministerio de Trabajo, la empresa está en la obligación de pagar parte de la prima, las cesantías y los intereses de esas mismas del año en el que ocurrió el fallecimiento. Además, el ahorro que el empleado haya dejado en el fondo de pensiones o de cesantías debe ser reconocido como una prestación social, por ello, puede ser entregado a un familiar cercano.

¿Quién puede reclamar las cesantías de un familiar que acaba de fallecer?

La figura de los herederos legales cobra importancia en este contexto, ya que son ellos quienes pueden reclamar las cesantías y llevar a cabo los trámites necesarios. Es esencial contar con la asesoría de un profesional del derecho para facilitar estos procedimientos y evitar posibles inconvenientes legales. Sin embargo, la cartera del Trabajo especificó que esposos, compañeros permanentes, hijos o padres de la víctima son los únicos que lo pueden hacer.

Es relevante mencionar que las cesantías no forman parte de la masa hereditaria y, por lo tanto, no están sujetas a procesos de sucesión, lo que puede simplificar su manejo en comparación con otros activos del fallecido. No obstante, la correcta comprensión de los procedimientos legales es fundamental para garantizar una gestión adecuada y sin contratiempos de este recurso financiero en momentos difíciles.

¿Cómo se calculan las cesantías en Colombia?

Para el 2024, por ejemplo, los trabajadores que ganen un salarió mínimo, el cuál aumentó 12 %, deberá hacer las cuentas sobre 1´300.606 pesos. El cálculo se hace multiplicando las cesantías (el valor anterior) x 0,12 x 360 / 360. Con el salario mínimo (más auxilio de transporte), la fórmula quedaría: (1’300.606 x 0,12 x 360) / 360 = 156.072.

 

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