Escrito por:  Redacción Economía
May 20, 2025 - 12:21 pm

En Colombia, no todos los trabajadores siguen el mismo camino hacia la jubilación. Existen profesiones que, debido a su nivel de exigencia física, mental o al peligro inherente a su naturaleza, están contempladas dentro de un régimen especial que permite acceder a una pensión de vejez anticipada. Este beneficio, contemplado por el Decreto 2090 de 2003, representa un reconocimiento al desgaste y sacrificio que implican ciertas labores.

Esta pensión especial aplica únicamente para quienes están afiliados al Régimen de Prima Media, administrado por Colpensiones, y busca compensar el impacto negativo que tienen estas actividades sobre la salud y la vida laboral de quienes las desempeñan.

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¿Qué trabajos tienen derecho a esta pensión anticipada?

La norma establece una lista de ocupaciones consideradas de alto riesgo, entre las que se destacan:

  • Mineros en labores subterráneas, constantemente expuestos a derrumbes, polvo y gases tóxicos.
  • Trabajadores con exposición a radiaciones ionizantes o sustancias cancerígenas, como técnicos de radiología, personal de laboratorios nucleares o centrales de energía.
  • Empleados que operan en condiciones extremas de temperatura, superando los límites permitidos por la legislación en salud ocupacional.
  • Controladores de tránsito aéreo, quienes soportan una enorme presión y carga mental.
  • Bomberos que participan directamente en labores de rescate y control de incendios.
  • Custodios del INPEC, cuya labor en establecimientos penitenciarios implica riesgos permanentes para su integridad.

¿Qué requisitos deben cumplir para la pensión anticipada?

Para acceder a esta pensión especial, se deben cumplir con varias condiciones específicas:

  1. Tener al menos 55 años de edad.
  2. Haber cotizado 1.300 semanas al sistema pensional, de las cuales 700 deben haber sido en actividades de alto riesgo.
  3. El empleador debe haber realizado un aporte adicional del 10 % del salario mensual del trabajador, además del aporte regular a pensión.
  4. La norma contempla una reducción adicional de la edad de pensión por cada 60 semanas extras cotizadas en labores de alto riesgo, pero la edad mínima no puede ser inferior a los 50 años.

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Este régimen busca no solo ofrecer un alivio justo y necesario a quienes han desempeñado tareas altamente riesgosas, sino también reconocer formalmente el costo físico y mental de este tipo de trabajos. Así, el Estado colombiano otorga a estos trabajadores la oportunidad de retirarse dignamente, luego de años de servicio en entornos adversos o peligrosos.

En definitiva, la pensión especial de vejez se convierte en un derecho que honra la resiliencia, valentía y compromiso de quienes han sostenido sectores vitales del país a costa de su bienestar personal.

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