
En Colombia, no todos los trabajadores siguen el mismo camino hacia la jubilación. Existen profesiones que, debido a su nivel de exigencia física, mental o al peligro inherente a su naturaleza, están contempladas dentro de un régimen especial que permite acceder a una pensión de vejez anticipada. Este beneficio, contemplado por el Decreto 2090 de 2003, representa un reconocimiento al desgaste y sacrificio que implican ciertas labores.
Esta pensión especial aplica únicamente para quienes están afiliados al Régimen de Prima Media, administrado por Colpensiones, y busca compensar el impacto negativo que tienen estas actividades sobre la salud y la vida laboral de quienes las desempeñan.
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¿Qué trabajos tienen derecho a esta pensión anticipada?
La norma establece una lista de ocupaciones consideradas de alto riesgo, entre las que se destacan:
- Mineros en labores subterráneas, constantemente expuestos a derrumbes, polvo y gases tóxicos.
- Trabajadores con exposición a radiaciones ionizantes o sustancias cancerígenas, como técnicos de radiología, personal de laboratorios nucleares o centrales de energía.
- Empleados que operan en condiciones extremas de temperatura, superando los límites permitidos por la legislación en salud ocupacional.
- Controladores de tránsito aéreo, quienes soportan una enorme presión y carga mental.
- Bomberos que participan directamente en labores de rescate y control de incendios.
- Custodios del INPEC, cuya labor en establecimientos penitenciarios implica riesgos permanentes para su integridad.
¿Qué requisitos deben cumplir para la pensión anticipada?
Para acceder a esta pensión especial, se deben cumplir con varias condiciones específicas:
- Tener al menos 55 años de edad.
- Haber cotizado 1.300 semanas al sistema pensional, de las cuales 700 deben haber sido en actividades de alto riesgo.
- El empleador debe haber realizado un aporte adicional del 10 % del salario mensual del trabajador, además del aporte regular a pensión.
- La norma contempla una reducción adicional de la edad de pensión por cada 60 semanas extras cotizadas en labores de alto riesgo, pero la edad mínima no puede ser inferior a los 50 años.
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Este régimen busca no solo ofrecer un alivio justo y necesario a quienes han desempeñado tareas altamente riesgosas, sino también reconocer formalmente el costo físico y mental de este tipo de trabajos. Así, el Estado colombiano otorga a estos trabajadores la oportunidad de retirarse dignamente, luego de años de servicio en entornos adversos o peligrosos.
En definitiva, la pensión especial de vejez se convierte en un derecho que honra la resiliencia, valentía y compromiso de quienes han sostenido sectores vitales del país a costa de su bienestar personal.
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