
Las multas por exceso de velocidad en Colombia son una medida implementada para garantizar la seguridad vial y reducir el número de accidentes de tránsito.
¿La multa por exceso de velocidad es la misma para carros y motos?
La multa es la misma tanto para carros como para motos. En Colombia, la sanción económica por sobrepasar los límites de velocidad establecidos es un valor fijo, independientemente del tipo de vehículo.
Según el artículo 131 del Código Nacional de Tránsito, las multas van clasificadas en A, B, C, D y E.
(Vea también: Cuál es la multa por remolcar con una cuerda a un carro varado; hay varias condiciones)
¿Qué tipo de multa es por exceso de velocidad?
En este caso, conducir un vehículo con exceso de velocidad se categoriza como multa tipo C.
Estas multas incurren en un cobro equivalente a los 15 SMLV (salarios mínimos legales vigentes), lo que corresponde a 650.000 pesos.





¿Cómo apelar una multa de tránsito por exceso de velocidad?
El número 3 del artículo 136 del Código Nacional de Tránsito establece que: “Si el inculpado rechaza la comisión de la infracción, deberá comparecer ante el funcionario en audiencia pública para que este decrete las pruebas conducentes que le sean solicitadas y las de oficio que considere útiles”.
Ahora, con los plazos para hacer la apelación de la multa de tránsito, se envía la notificación para que la persona acuda ante la autoridad de tránsito dentro de los 5 días hábiles siguientes, si la multa fue impuesta en la vía, y los siguientes 11 días, si la imposición fue por medios electrónicos.
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