Esa medida hace parte del Decreto 441, que el ministro de Salud Fernando Ruiz presentó este lunes y que actualiza las condiciones de contratación en el sector salud para mejorar el flujo de recursos, garantizar y fortalecer el acceso a los servicios de salud que requieren los colombianos.

De acuerdo con el Ministerio de Salud, el Decreto 441 actualiza una normatividad de hace 15 años y aplica para EPS, ARL, entidades territoriales, prestadores de servicios de salud y proveedores de tecnologías en salud. 

Lo anterior también incluyen a gestores farmacéuticos y operadores logísticos de tecnologías en salud.

“Entre los aspectos que aborda el Decreto 441 están las modalidades de pago orientadas a la obtención de resultados en salud, la nota técnica como herramienta de transparencia, la actualización y estandarización de contenidos mínimos de contratos y reglas para su renovación”, manifestó el ministro.

Tratar el cáncer y el VIH no necesitará autorización

Ruiz agregó que con la llegada del decreto “se eliminan autorizaciones para atender enfermedades como el cáncer, VIH y la atención para la promoción y mantenimiento de la salud y atención de población materno perinatal”.

También permite modelos de atención diferenciales, eso sí, dependiendo de la población, agregó

Adicionalmente, las partes podrán pactar la no autorización para la
prestación o provisión de un conjunto de servicios y tecnologías en
salud relacionados con la atención de un evento, condición en salud
o conjunto de condiciones en salud además de los mencionados, señaló la cartera.

Rechazo por declaraciones de minsalud sobre Kevin Acosta, niño con hemofilia que falleció

La tragedia de Kevin Acosta reabre el debate sobre el suministro de medicamentos en Colombia. El niño de 7 años murió esperando su tratamiento y las declaraciones del ministro de Salud, Guillermo Jaramillo, causaron repudio.