Esa medida hace parte del Decreto 441, que el ministro de Salud Fernando Ruiz presentó este lunes y que actualiza las condiciones de contratación en el sector salud para mejorar el flujo de recursos, garantizar y fortalecer el acceso a los servicios de salud que requieren los colombianos.

De acuerdo con el Ministerio de Salud, el Decreto 441 actualiza una normatividad de hace 15 años y aplica para EPS, ARL, entidades territoriales, prestadores de servicios de salud y proveedores de tecnologías en salud. 

Lo anterior también incluyen a gestores farmacéuticos y operadores logísticos de tecnologías en salud.

“Entre los aspectos que aborda el Decreto 441 están las modalidades de pago orientadas a la obtención de resultados en salud, la nota técnica como herramienta de transparencia, la actualización y estandarización de contenidos mínimos de contratos y reglas para su renovación”, manifestó el ministro.

Tratar el cáncer y el VIH no necesitará autorización

Ruiz agregó que con la llegada del decreto “se eliminan autorizaciones para atender enfermedades como el cáncer, VIH y la atención para la promoción y mantenimiento de la salud y atención de población materno perinatal”.

También permite modelos de atención diferenciales, eso sí, dependiendo de la población, agregó

Adicionalmente, las partes podrán pactar la no autorización para la
prestación o provisión de un conjunto de servicios y tecnologías en
salud relacionados con la atención de un evento, condición en salud
o conjunto de condiciones en salud además de los mencionados, señaló la cartera.