Por: El Espectador

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Este artículo fue curado por Luis Bello   May 10, 2024 - 10:24 pm
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La Fiscalía General de la Nación confirmó que está estudiando una solicitud del Gobierno de Gustavo Petro, específicamente del Ministerio de Justicia, para dejar de considerar los actos cometidos durante la protesta social como un delito de terrorismo o de concierto para delinquir. La idea es que los fiscales, al momento de imputar delitos sobre hechos de protesta, no inicien las investigaciones bajo la premisa de que se presentó terrorismo.

Evalúan dejar de imputar los actos de protesta como terrorismo; Fiscalía lo confirmó

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La propuesta fue comunicada a la ciudadanía este 10 de mayo por el ministro de Justicia, Néstor Osuna, en un evento con barrios populares en Cali. “Ahora, con la nueva fiscal (Luz Adriana Camargo), estamos trabajando y sé que muy pronto va a expedir la directriz en la que se afirma que los hechos de protesta social no son ni terrorismo, ni concierto para delinquir”, dijo Osuna.

A continuación de ese pronunciamiento, el ministro Osuna aseguró que “eso implica que todos los que están en la cárcel van a salir”. Con ello se refería a las personas que terminaron encarceladas durante las protestas del Paro Nacional de 2021. Osuna agregó que intentó dialogar en el mismo sentido con el exfiscal general Francisco Barbosa, pero fue imposible.

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Luego de ello, la cuenta oficial de la Fiscalía respondió que el equipo directivo “ha escuchado los planteamientos y solicitudes formales del Ministerio de Justicia, para que se revise el alcance de la calificación y las imputaciones por terrorismo y concierto para delinquir frente a los delitos perpetrados en desarrollo de la protesta social”.

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Y agregó: “Antes de adoptar una postura oficial al respecto, la Fiscalía se encuentra estudiando los argumentos del ministro Néstor Osuna a la luz de la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y la doctrina jurídica internacional, principalmente la de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.

Al final, la Fiscalía explicó que, en todo caso, la palabra definitiva al respecto la tendrán los jueces penales competentes y, en última instancia, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia.

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