Escrito por:  Redacción Nación
May 24, 2024 - 8:49 am

Jorge Luis Alfonso López, alias ‘el Gatico’, hijo de Enilce López, alias ‘la Gata’, salió ileso este jueves de un ataque sicarial en una clínica de Barranquilla. En el hecho, sin embargo, sí murieron uno de sus escoltas y un exparamilitar asociado al asesinato del alcalde de El Roble (Sucre) Edualdo Díaz, cometido en 2003.

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Después de conocerse la temeraria acción, ejecutada por varios sicarios disfrazados de policías, el presidente Gustavo Petro recordó en su cuenta de X que le tocó en debates en el Congreso de la República “mostrar la estrecha relación” entre la fallecida empresaria del chance “y la clase política de más alto nivel”.

Para el mandatario, eso representó “la simbiosis entre corrupción, paramilitarismo y política”. Y concluyó que “quienes atentan contra Jorge Luis López, candidato a confesar ante la JEP esta realidad oculta, quieren silenciar la verdad”. Pero más allá de la realidad que pueda existir en las motivaciones del atentado, el mandatario incurrió en una pifia sobre la condición de ‘el Gatico’.

En febrero de 2021, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), mediante la resolución 556 de 12 de febrero de ese año, rechazó la solicitud de sometimiento voluntario de Jorge Luis Alfonso López.

Alias ‘el Gatico’ había presentado una solicitud de sometimiento en dos condiciones: en calidad de agente de Estado no integrante de la fuerza pública, en relación con hechos ocurridos durante su ejercicio como alcalde del municipio de Magangué (Bolívar) (2004-2007), y en calidad de tercero civil, en relación con conductas cometidas antes y después de ese periodo, informó entonces la JEP.

El hijo de la extinta ‘Gata’ solicitó a la JEP que ese tribunal se declarara competente para conocer los procesos por los que fue condenado por los homicidios del periodista Rafael Enrique Prins Velásquez, y de los señores Yamil Kasser Alí y Édgar Carrasquilla, y otros por los delitos de lavado de activos agravado, enriquecimiento ilícito de particulares y concierto para delinquir, y uno adicional por extinción de dominio.

Pero después de surtir un proceso que incluyó la participación de las víctimas acreditadas y del Ministerio Público, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas resolvió rechazar la solicitud de sometimiento de Alfonso López porque concluyó que no tenía competencia personal para conocer de los procesos por los homicidios de Prins Vásquez ni de Kasser Alí.

Para la JEP, de acuerdo con lo acreditado ante la justicia ordinaria, al momento de cometer estas conductas, ‘el Gatico’ actuó en calidad de integrante activo de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), cuyos miembros están excluidos del marco de competencia de la JEP.

La Sala también determinó que carecía de competencia material para conocer de la acción de extinción de dominio, porque esa acción constituye un mecanismo de carácter meramente patrimonial que no se encuentra dentro del ámbito de competencia de esta Jurisdicción.

En tercer lugar, la Sala estableció que, a pesar de las múltiples oportunidades procesales concedidas para tal fin, Alfonso López no presentó un compromiso claro, concreto y programado conforme a los principios del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, requisito esencial para efectos de aceptar el sometimiento de un compareciente voluntario a la JEP.

Con base en esas consideraciones, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas rechazó la solicitud de sometimiento presentada por Alfonso López y, en consecuencia, resolvió también no concederle el beneficio de libertad transitoria, condicionada y anticipada que había solicitado.

‘El Gatico’ impugnó esta decisión de la JEP, pero en 2022 esa Jurisdicción ratifico su determinación. Por eso, Alfonso López no es candidato a nada en la JEP, como aseguró el presidente Petro.

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