Por: El Espectador

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Este artículo fue curado por Andrea Castillo   Oct 8, 2023 - 8:45 am
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El Tribunal Superior de Bogotá, en cabeza del magistrado Carlos Andrés Guzmán negó la solicitud de la Fiscalía de archivar la investigación que se sigue contra el expresidente Álvaro Uribe por los delitos de soborno de testigos y fraude procesal. La decisión la tomó el Tribunal al negar un recurso que buscaba el archivo del caso en segunda instancia.

En su decisión, el magistrado Guzmán concluyó que la Fiscalía no logró demostrar que el expresidente no cometió ninguno de los delitos por los que es investigado, pero además, y como lo han dicho los jueces en las audiencias de preclusión pasadas, no recaudó las pruebas necesarias para pedir el archivo del caso y no tuvo en cuenta algunas pruebas que recopiló la Corte Suprema de Justicia.

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Por otro lado, el magistrado negó una solicitud que presentaron las víctimas en la que le pedían al juez ordenar a la Fiscalía enviar a juicio al expresidente. “Esta petición no resulta admisible porque un juez no puede ordenar a la Fiscalía acusar”.

Así fue el minuto a minuto de la diligencia:

El cuarto punto por el que la Fiscalía pidió la preclusión de la investigación tiene que ver con la exfiscal condenada Hilda Niño, quien ha asegurado que hubo un complot en la Fiscalía en contra de los hermanos Santiago y Álvaro Uribe Vélez. Señaló directamente a la administración de Eduardo Montealegre (2012-2016), otra de las víctimas reconocidas. La hipótesis es que el abogado Diego Cadena la buscó en la cárcel El Buen Pastor y que, por orden de Uribe, le habría ofrecido mejores condiciones carcelarias, dado que su verdad beneficiaba al exmandatario, pero, la Fiscalía pidió la preclusión al argumentar que el expresidente nada tiene que ver con estos hechos. El Tribunal no estuvo de acuerdo.

En primer lugar, el magistrado Carlos Andrés Guzmán concluyó que la Fiscalía no pudo probar como única hipótesis esa afirmación, por lo que negó la preclusión por el delito de soborno, pero también lo hizo por el delito de fraude procesal. Este último porque la exfiscal presuntamente hizo afirmaciones falsas en documentos de colaboración, que, fueron utilizadas luego en los procesos del expresidente.

Acto seguido, el magistrado también negó la preclusión por el quinto punto: las declaraciones que enviaron paramilitares como Giovanny Cadavid (bloque Metro), Elmo Mármol (bloque Central) y Máximo Cuesta (Águilas Negras). Al unísono, dijeron haber compartido celda con Monsalve y haber sido contactados por una abogada de Cepeda, en 2012, quien supuestamente le ofreció beneficios a cambio de hablar contra Uribe. En su decisión y tal como pasó en las audiencias de preclusión pasadas, el Tribunal concluyó que la Fiscalía tampoco pudo derribar la sospecha que persiste sobre esas cartas y su real intención, por lo que negó la preclusión por los delitos de soborno y fraude procesal.

El Tribunal hizo lo mismo sobre el presunto soborno que entregó Cadena para que alias Víctor, preso en la cárcel de Palmira (Valle), testificara que Cepeda le había ofrecido prebendas, hecho que supuestamente conoció el expresidente y Harlintong Mosquera, quien también dijo que el expesidente sabía de supuestos ofrecimientos para declarar en contra de él.

Cadena no es el único cercano a Uribe que ha caído en manos de la justicia. También el excongresista y magistrado del Consejo Nacional Electoral, Álvaro Hernán Prada. La hipótesis vigente es que este último intentó presionar al testigo Monsalve, a través del convicto Carlos Eduardo López Callejas, alias Caliche. Este fue el segundo punto con el que la Fiscalía buscó la preclusión, porque aseguró que si bien está claro que entre Monsalve y ‘Caliche’ se habló de supuestos ofrecimientos, ninguno vino del exsenador. El Tribunal no estuvo de acuerdo porque explicó que esto no se puede probar.

“Existen varias posibilidades e hipótesis de lo que pudo ocurrir en este caso y de la persona a la que recayó la iniciativa. No es claro, quién o quienes decidieron ir por la retractación de Monsalve Pineda, la cual efectivamente beneficiaria al imputado (….) Entonces, tal como ocurrió en el evento número uno, no se tiene conocimiento cierto ni con el estándar exigido para establecer si la declaración que buscaba a Monsalve contenía falacias o la verdad”, dijo el magistrado.

Terminado el punto anterior, el magistrado Carlos Andrés Guzmán se pronunció sobre el tercer argumento con el que la Fiscalía buscó la preclusión: las gestiones que supuestamente hicieron personas cercanas a Uribe, como el exsenador Fabio Valencia Cossio y empresarios cercanos a él para asegurarse de que el narcotraficante Juan Carlos el Tuso Sierra declarara en contra del senador Iván Cepeda en la Corte Suprema. En este punto el Tribunal no llegó a una conclusión diferente.

Sin la presencia del expresidente Álvaro Uribe a la diligencia, porque pidió ausentarse a ella, el magistrado Guzmán empezó su intervención explicando que la decisión contiene 271 páginas. Dicho esto y con la aclaración de que solo leería su parte resolutiva, el togado se refirió al exparamilitar Juan Guillermo Monsalve, quien ha sido el testigo estrella del caso luego de señalarlo a él y a su hermano Santiago de crear, junto con otros hacendados de Antioquia, los primeros grupos paramilitares en ese departamento.

Aunque la defensa de Uribe, la Fiscalía y la Procuraduría quisieron restarle credibilidad a Monsalve, el magistrado dijo que no se puede afirmar que no perteneció a ningún grupo paramilitar y sobre todo que no conoció presuntamente los hechos. “Menos con el solo hecho de que no aparezca en la base de datos como desmovilizado, sobre todo porque varios de los testigos aquí analizados dijeron que no todos los que se desmovilizaron lo hicieron de forma oficial”.

El magistrado dijo además que no es cierto que Monsalve sea un testigo sin peso judicial, sobre todo porque la teoría del caso señala que el abogado suspendido Diego Cadena, exrepresentante del imputado, quiso presionar a Monsalve en la cárcel La Picota para que se retractara de las afirmaciones que había hecho en contra del expresidente (primer hecho que sustento la solicitud de preclusión) lo que refleja su importancia.

“Diego Cadena y Enrique Pardo estaban interesados en que este hombre entregara un escrito en el que se retractara, al punto que el primero se reunió con él y su esposa, pero incluso dijo que recibió autorización de Uribe para ofrecer al testigo beneficios”, dijo el magistrado.

Sobre la reunión entre Cadena y Monsalve, en 2018, existe una grabación que fue aportada por Deyanira Gómez, exesposa del segundo y víctima en el proceso Uribe. Ese audio, según Cárdenas, estaba editado y, aparte, según lo que escuchó el equipo investigador del fiscal, no sirve para imputarle responsabilidad a Uribe. Sin embargo, el magistrado Carlos Andrés Guzmán concluyó que si la Fiscalía tenía dudas de la prueba, tenía que revisar más a fondo.

En este punto, el magistrado concluyó que tampoco se puede probar que fue Juan Guillermo Monsalve quien buscó la manera de contactarse con Álvaro Uribe para retractarse, pero aún más que no existen pruebas para afirmar que la retractación que pidió el abogado Diego Cadena al exparamilitar fue en nombre de Álvaro Uribe o no.

“Frente a nuestro caso, para que se declarase atípico el hecho investigado, como lo pretende la Fiscalía, se requeriría la presencia de elementos materiales probatorios que acreditaran, sin incertidumbre alguna, que la declaración que pidió Cadena a Monsalve contendría afirmaciones netamente verdaderas. Sin embargo, esto no está claro, hasta este momento existen dos hipótesis: o en las declaraciones que hizo Monsalve sobre Uribe faltó a la verdad y buscaba que lo reparara, o justo lo contrario, sin tal claridad no es posible revocar la decisión de primera instancia por el delito de soborno en el que este evento concierne”, dijo el magistrado.

El caso tiene su génesis en 2012, cuando Uribe denunció al senador del Polo Democrático, Iván Cepeda, por presentar testimonios de exparamilitares que lo vincularon con las autodefensas, pero en febrero de 2018 tuvo un giro inesperado cuando el alto tribunal concluyó que no hubo irregularidad alguna en la conducta de Cepeda y, por el contrario, advirtió posibles faltas en la defensa del exmandatario. En ese momento empezó una larga batalla judicial en la Corte Suprema de Justicia.

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Pero el proceso tuvo otro giro inesperado en febrero de 2020, cuando Uribe renunció a su curul como congresista, en una estrategia que fue catalogada por las víctimas como dilatoria, por lo que su caso fue enviado a la Fiscalía. Esa entidad no estuvo de acuerdo con la investigación de la Corte Suprema de Justicia e intentó que se archivara el caso. Decisión que fue negada en dos oportunidades y confirmada en los últimos minutos por el magistrado Carlos Andrés Guzmán.

El primero que lo intentó fue el fiscal Gabriel Jaimes en 2021, quien cayó derrotado judicialmente ante la jueza 28 penal de conocimiento de Bogotá. Un año después, la Fiscalía perdió su segundo intento por precluir el caso. La jueza, Laura Barrera, consideró que la entidad dirigida por Barbosa tiene los medios y la evidencia suficiente para mantener vigente la investigación. Incluso la juez en ese momento fue crítica del papel del ente investigador. Por ejemplo, señaló que la segunda preclusión fue un “desgaste” para el proceso. Esta decisión judicial fue apelada por la Fiscalía, por lo que llegó a manos del magistrado Guzmán.

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