Para entender el recorrido de la propuesta que hizo Duque para castigar a los violadores y asesinos de menores, durante un encuentro con alcaldes de distintas regiones organizado por la Federación Nacional de Municipios, hay que empezar por decir que la figura del referendo está contemplada en varios artículos de la Constitución.
El primero de ellos es el 103, relativo a los mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía, junto con el voto, el plebiscito, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato.
También está contemplado en el Artículo 155, que establece que podrán presentar proyectos de ley o de reforma constitucional, un número de ciudadanos igual o superior al 5 % del censo electoral […], y que esa iniciativa será tramitada por el Congreso.
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El 374 señala que la Constitución podrá ser reformada por el Congreso, por una Asamblea Constituyente o por el pueblo mediante referendo, y el 378 indica que requiere la aprobación de la mayoría de los miembros de ambas Cámaras del Legislativo (Senado y Cámara), y que será presentado de manera que los electores puedan escoger libremente en el temario o articulado qué votan positivamente y qué votan negativamente.
Una vez aprobado en cada una de esas cámaras, pasa a estudio de la Corte Constitucional, explica Herrera, para que se pronuncie sobre la exequibilidad de los requisitos de forma del proyecto, no sobre su contenido material.
“Después viene un requisito adicional a la aprobación del Congreso y el aval de la Corte: tiene que ir a conocimiento del electorado. La aprobación de las reformas por vía de referendo requiere del voto afirmativo de más de la mitad de los sufragantes y que el número de esos votos exceda la cuarta parte del total de los ciudadanos del censo electoral, unos 12 millones”, explica el jurista, basado en el Artículo 378 de la Constitución
“El referendo independientemente de quién lo promueva, tiene el efecto automáticamente, a diferencia de las consultas populares, de reformar la Constitución”, agrega, y advierte que es un gran reto, “en una materia que a veces es difícil, que no corresponde a la agenda electoral, sacar ese número de votos”.
También advirtió que el referendo propuesto por Duque no se podría hacer en la misma jornada electoral de las elecciones regionales del próximo año, como se ha dicho. “Tendría que hacerlo por lo menos el día antes, como lo hizo Uribe, para efectos de aprovechar la logística electoral y que no saliera tan costoso”.
Si bien el referendo de Uribe fracasó, entre otras cosas porque constaba de 14 preguntas y le faltó pedagogía previa para que la gente entendiera los temas que se habían puesto a su consideración, según Herrera, en la propuesta de Duque habría mayor entendimiento de lo que se quiere porque “ciertamente todo el mundo sabe lo que es una violación contra un menor de edad y todo el mundo la censura”.
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