El proyecto tendrá vigencia en los periodos 2018 – 2022 y 2022 – 2026. La iniciativa incluye “el régimen de inhabilidades y las inhabilidades y las condiciones que se les van a exigir a quienes se inscriban para ser candidatos”, explicó el ministro del Interior, Guillermo Rivera.

A los candidatos se les exigirá ser víctimas de un grupo armado, “lo cual es un homenaje para ellas y termina siendo coherente con el aspecto más importante del acuerdo de paz que son los derechos de las víctimas”, indico Rivera.

Su condición debe estar acreditadas por la Unidad de Atención para las Víctimas. Además, en el debate fue aprobada la proposición del presidente de la Cámara, Rodrigo Lara, para que la condición de víctima se restrinja al primer grado de consanguinidad (padres, hijos, y al cónyuge) ante el riesgo que los victimarios terminen ocupando estos escaños.

El artículo continúa abajo

“Esta indefinición jurídica, esta extensión del concepto de víctima, va a terminar en que sean en muchas situaciones los victimarios los que se monten  en la estructura diseñada para las víctimas”, advirtió Lara.

El ministro explicó que el debate electoral se dará en marzo cuando se elegirán los 16 nuevos representantes de los “municipios que tienen el mayor grado de afectación con el conflicto, el mayor número de víctimas proporcional a su población y mayores niveles de pobreza extrema. […] Se eliminan cabeceras municipales y quedan solo zonas rurales”.

Serán 167 municipios del Valle del Cauca, Arauca, Antioquia, Norte de Santander, Caquetá, Chocó, Meta, Bolívar, Cauca, Nariño, Putumayo, Cesar, Bolívar, Córdoba y Tolima.

La norma incluye que “los candidatos a ocupar las curules en estas circunscripciones (…) deberán haber habitado en el territorio de la respectiva circunscripción los tres años anteriores a la fecha de la votación, los desplazados que se encuentren en proceso de retorno con el propósito de establecer en el territorio de la circunscripción su lugar de habitación deberán haber nacido o habitado en él al menos tres años consecutivos en cualquier época”, señaló la Cámara de Representantes.

Ante los temores expresados por las bancadas de Centro Democrático y Cambio Radical, en relación a que estas curules las ocupen exguerrilleros, el jefe de la cartera política aclaró que “el partido político que surja de las Farc no puede presentar candidatos, ningún desmovilizado puede aspirar a una curul y ningún candidato de un partido político se puede presentar”.

A su vez, pueden participar las organizaciones sociales y asociaciones sin ánimo de lucro que “demuestren su existencia en el territorio de la circunscripción mediante personería jurídica reconocida cinco años antes de la elección o mediante acreditación en el mismo periodo. Por su parte, el candidato debe acreditar permanencia de un año antes de la elección”, indicó el ministerio.

El acto legislativo pasa a conciliación y posteriormente a sanción presidencial.

LO ÚLTIMO