Por: El Colombiano

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Este artículo fue curado por Marizol Gómez   Abr 11, 2024 - 11:36 am
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El abogado del expresidente Álvaro Uribe tiene claro que en el primer segundo del 9 de octubre de 2025 el caso de su cliente, el primer presidente en la historia de Colombia que va a juicio, prescribirá. Sin embargo, asegura que la estrategia de defensa será controvertir el sustento de la acusación y responde en entrevista con EL COLOMBIANO sobre las principales pruebas contra el exmandatario.

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El expresidente fue llamado a juicio pos soborno a testigos y fraude procesal tras dos solicitudes de preclusión de la Fiscalía. ¿Qué opinan del cambio de teoría del caso para llamarlo a juicio?

No conocemos sobre qué se basa el cambio de la hipótesis que dos fiscales diferentes delegados ante la corte mantuvieron apoyados por tres procuradores en el mismo sentido. El nuevo fiscal, el doctor Villareal, que llegó cerrando el año, realizó algunas actividades probatorias de búsqueda de elementos, cuyos resultados no fueron compartidos con la defensa, a pesar de que yo le solicité formalmente que me hiciera llegar copia de los mismos en el derecho que tiene la defensa de conocer, mas en un caso que ha sido totalmente público en estas etapas.

El fiscal en su criterio señala que no tenía la obligación de hacer ningún descubrimiento y entregar información, algo que respetamos. Luego encontramos que hizo el escrito de acusación con los anexos y frente a los anexos no vemos nada nuevo relevante en la actividad probatorio frente a los fiscales previos.

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Tenemos que esperar que en la audiencia de formulación de acusación se realice plenamente el descubrimiento probatorio, pero debe quedar muy claro que la actividad investigativa de la Fiscalía cesó cuando radicó el escrito de acusación.

Es decir que la Fiscalía ya no puede decretar nuevas pruebas en este momento…

No, ya no pueden porque la actividad probatoria tiene esa connotación. Ese era el plazo y el fiscal se decantó autónomamente por la hipótesis de una acusación en los términos que ya se conocen. Eso es de su resorte y de su fuero, pero al hacerlo ya no puede continuar la investigación porque presentar el escrito de acusación es la conclusión de la etapa investigativa.

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¿Eso significa que las víctimas tampoco pueden llevar nuevas evidencias luego de presentado el escrito de acusación?

Ellas sí pueden llevar nuevas evidencias directamente a la audiencia de formulación de acusación, porque ahí se formaliza el descubrimiento probatorio y lo pueden hacer hasta tres días siguientes a la audiencia, en caso de que por alguna razón no lo alcancen a descubrir ese día. La defensa, después de estudiar el escrito de acusación, dispone de un plazo hasta la audiencia preparatoria cuyo primer punto es justamente el descubrimiento probatorio de la Fiscalía y luego viene el de la defensa. Quien acusa muestra por qué acusa y luego vamos nosotros.

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Ahora viene una dinámica técnica sumamente interesante. Las alegadas víctimas, que hasta ahora tienen un reconocimiento provisional, deben sustentar en la audiencia de acusación por qué deben ser consideradas como víctimas, con unos requisitos sustanciales importantes, y luego se aplica la regla de la limitación en el sentido en que no pueden intervenir más que el número de acusados, es decir solo puede intervenir una víctima.

Y esta dinámica va hasta octubre de 2025 porque se vencen los términos en ese momento. Aun si en el peor de los casos para el expresidente, este fuera condenado en primera instancia y ustedes apelan, ¿si esto pasa luego de octubre 2025 queda archivado?

Los términos se vencen el 09 de octubre de 2025. La justicia dispone hasta el 08 de octubre. Al primer segundo del 09 de octubre de 2025 ya está el fenómeno objetivo de la prescripción. Excepcionalmente eso podría cambiar si llegara a establecerse alguna situación extraordinaria que no vislumbro en este caso de ninguna manera.

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Nuestra postura como defensa no es que el tema prescriba, ya sea en primera o segunda instancia. Nuestra estructura del caso e hipótesis defensiva están orientadas a que se establezca que la hipótesis acusadora no tiene ningún sustento, va a fracasar y debe primar la presunción de inocencia. A eso nos dedicaremos.

El expresidente preparó un discurso para señalar las que considera irregularidades en el caso. ¿Cuáles son esas?

En las audiencias de preclusión dejamos claro con suficiencia probatoria, con toda la exhibición de los elementos de prueba en detalle, cómo fue clandestino y oculto el proceso en contra del entonces senador Álvaro Uribe. A pesar de que el señor expresidente y su defensa le habíamos pedido a la Corte que nos informara si existía o no un radicado en contra de él, como quiera que algunos medios y en particular un periodista conocido hacía referencia a ello.

La Corte primero no contestó la petición del expresidente. Posteriormente, contestó relacionando una serie de procesos entre los que no estaba este. Y, finalmente, ante la insistencia con número específico, la Corte nos contesta llamando a indagatoria en julio de 2018. En consecuencia, es claro objetivamente que el proceso fue oculto.

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El expresidente tenía derecho a que se le recibiera una versión libre porque se trataba de una indagación preliminar. La pidió y no se le recibió. Solo se hizo la indagatoria que se rindió el 08 de octubre de 2019. La más grave de las irregularidades fue que se violentaron sus garantías sobre la inviolabilidad de sus comunicaciones, puesto que sin orden judicial se interceptó ilegalmente el teléfono de él, alegando que se confundió con el del representante Nilton Córdoba Manyoma, cuando quedó establecido que desde el primer segundo de comunicación escuchada se sabía que era Álvaro Uribe Vélez, porque él se identificó de entrada, lo llamaron presidente y dio una entrevista en plena campaña de 24 minutos.

Uno de los analistas, Óscar Álvarez, le dijo a sus superiores que A no era A, sino que era B, y le dijeron que siguiera. Esto se mantuvo durante más de un mes. Se interceptaron comunicaciones con sus abogados investigadores, hubo referencias a conversaciones con su abogado reconocido, Jaime Lombana, incluso conmigo. El cúmulo de irregularidades es mayúsculo.

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El testigo más importante del caso es Juan Guillermo Monsalve. La esposa de este llevó una carta a la Corte Suprema en donde decía que se retractaba de unas acusaciones contra Uribe que habían sido por beneficios ofrecidos por Iván Cepeda. Pero al pie de página explicaba que la carta había sido escrita por presiones de Enrique Pardo Hache, compañero de celda. ¿Cómo se explica eso?

Juan Guillermo Monsalve, estando condenado y apresado por secuestro en el Caquetá, siendo presidente Álvaro Uribe Vélez, apareció un día dándole una entrevista a Iván Cepeda. Esa entrevista se amplió luego a las autoridades judiciales.

En consecuencia hubo lugar a una nueva declaración en petición nuestra para poderlo interrogar. Yo lo contra interrogué entonces en 2012 en presencia del fiscal delegado Álvaro Osorio (QEPD) y de su abogado defensor. Y él reconoció en ese interrogatorio que no le constaba nada en contra del expresidente Álvaro Uribe. Así lo dijo textualmente.

Por eso a mi nunca me preocupó Juan Guillermo Monsalve. Por allá en 2017 empezaron a recibirse mensajes de que él supuestamente tenía la intención de aclarar lo que había dicho o retractarse, no parecía relevante. Pero Vicky Jaramillo le informa al expresidente que una persona amiga de ella tenía un familiar que estaba en la cárcel y tenía un compañero de reclusión, Monsalve, al que le había escuchado eso. Por ese motivo el expresidente le pide a su abogado investigador que verifique ese tema.

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Se lo pide en enero y Diego Cadena solo va hasta el 21 de febrero y repite la visita el 22 de febrero de 2018 porque no lo recibe el primer día. Paralelamente un amigo de Neiva de Juan Guillermo Monsalve, alias Caliche, que conocía esa información, buscó a políticos de la región y logró que Álvaro Hernán Prada escuchara esa versión y le contara al expresidente. Este solo le dijo a Prada que ojalá dijera la verdad. Esa es la realidad: que al parecer por iniciativa de Juan Guillermo Monsalve se dio esto. Pero más allá de eso, lo cierto es que el expresidente Álvaro Uribe nunca pidió que faltara la verdad, nunca ofreció él ningún beneficio, ninguna dádiva.

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Diego Cadena le pagó 48 millones de pesos al exparamilitar Carlos Enrique Vélez, que es otro de los testigos del caso. ¿Por qué pasó eso?

Eso es más escandaloso. Es alias Víctor. A él lo ubica Diego Cadena y es él el que le hace el ofrecimiento y la ayuda que él califica de humanitaria sin que de eso tenga idea el expresidente Álvaro Uribe Vélez. Cuando se entera es nueve meses después y Cadena, con vergüenza tuvo que reconocerlo, es regañado por Álvaro Uribe por haber hecho eso sin consultarlo y porque evidentemente no procedía. Entonces, ¿cómo puede ser determinador Álvaro Uribe de un soborno, que supuestamente habían hecho 9 meses atrás sin que él supiera?

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Pero entonces, ¿Diego Cadena sí cometió esos delitos pero no los determinó el expresidente Uribe?

Yo no estoy calificando que lo que haya hecho Diego Cadena sea un delito. No soy fiscal ni juez y él está en un proceso y deben respetárseles todas sus garantías. Lo que digo es que Cadena declaró que él no le había contado al expresidente lo que había hecho, que creía que podía hacerlo y que cuando le informó fue regañado. No estoy diciendo nada distinto a lo que él mismo dijo y tiene derecho a tener un juicio con toda las garantías. Yo no soy quién para controvertir su versión. Él dijo estas cosas varias veces bajo juramento.

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