
Este jueves 10 de abril de 2025, la Corte Constitucional emitió una sentencia que les cambiaría la vida a miles de personas en el país, pues el alto tribunal fue enfático en que los antecedentes penales no pueden perjudicar a los ciudadanos que tienen necesidades económicas o pretenden adquirir algún producto financiero.
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La Corte explicó que lo anterior se ha convertido en un limitante para el ejercicio de los derechos fundamentales y es necesario que haya un proyecto de vida digno y que las entidades lo garanticen. Este contexto se da gracias a la queja de una persona, quien pidió abrir una cuenta de ahorros y por sus antecedentes penales le fue negado el proceso.
“Con esta decisión, la Corte sostuvo que los antecedentes penales no pueden ser una barrera automática y definitiva para acceder al sistema financiero. Además, la sentencia reiteró que las personas que han cumplido su condena tienen derecho a reconstruir su proyecto de vida sin enfrentar exclusiones permanentes”, expuso la Corte Constitucional.
Llamado de atención a varios bancos
El alto tribunal citó el caso Augusto, quien intentó en varias ocasiones abrir una cuenta de ahorros en entidades como: Bancolombia, Nequi y Davivienda, pero en todas fue rechazado. La razón: los bancos argumentaron que no cumplía con los requisitos del SARLAFT (Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo), debido a una condena penal que tuvo en 2017.
Pese a esa situación, el hombre aseguró que ya cumplió con su deuda con la justicia y desde entonces ha reconstruido su vida, dedicándose a la venta de alimentos para eventos y prestando asesorías contables a un hogar de adultos mayores.
Con el objetivo de demostrar la legalidad de sus ingresos y su actual actividad económica, Augusto entregó a las entidades financieras los documentos que confirmaban que ya había cumplido su condena. A pesar de ello, nunca recibió una respuesta formal por parte de los bancos, según la Corte.
Esta situación lo dejó por fuera del sistema financiero, afectando directamente su labor diaria, ya que muchos de sus clientes le exigían una cuenta bancaria para efectuar pagos. Al no tener una propia, tuvo que recurrir a terceros para manejar su dinero. Por esta razón, interpuso una acción de tutela en la que pidió a las entidades implicadas que revisaran con detenimiento la documentación entregada y emitieran una respuesta concreta frente a su solicitud.
La Sala Primera de Revisión, conformada por los magistrados Natalia Ángel (quien la preside), Diana Fajardo y Juan Carlos Cortés, determinó que la decisión de los bancos de negarle a Augusto la apertura de una cuenta bancaria vulneró sus derechos fundamentales. El alto tribunal recordó que las entidades financieras no pueden establecer restricciones automáticas basadas únicamente en antecedentes penales. Cualquier negativa debe estar respaldada por criterios “objetivos, razonables y ajustados” al perfil individual del solicitante.
“La Corte también llamó la atención sobre el riesgo de trasladar todos los controles del SARLAFT a la fase previa a la contratación. Al respecto, se advirtió que, si las entidades concentran allí toda la gestión del riesgo, pueden imponer barreras desproporcionadas para quienes buscan participar legítimamente en la vida económica. En esa medida, el sistema de prevención de riesgos contempla una fase de control, que permite hacer seguimiento a las operaciones del usuario sin impedirle de forma anticipada el acceso a productos financieros”, indicó la Corte.
Qué pasa con las personas que tienen antecedentes judiciales y piden préstamos
La sentencia es enfática en que el acceso al sistema financiero no debe entenderse como un beneficio exclusivo, sino como un elemento esencial para el ejercicio de otros derechos y para facilitar la reintegración social de las personas que han cumplido su condena.
En ese sentido, la Corte recordó que quienes han pagado su deuda con la justicia tienen derecho a reinsertarse plenamente en la sociedad, y que no pueden ser objeto de nuevas sanciones que los excluyan de manera económica o social.
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