La viceministra de Salud, Diana Isabel Cárdenas, dijo que esto comenzará a “reducir la dispersión en los cobros al sistema por esos principios activos que son prescritos a los colombianos para sus tratamientos en salud”.
“Por ejemplo, por el mismo componente de un medicamento administrado a un paciente, una EPS le cobraba al sistema de salud 20 pesos por milígramo y otras, $5”, explicó.
De acuerdo con el ministerio, “esta decisión aplica para EPS, IPS y las demás instituciones recobrantes que suministren a sus afiliados medicamentos y servicios que no están financiados por la UPC, los cuales se entregan a través de la herramienta tecnológica Mipres y se cobran a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres)”.
El listado incluye los primeros 50 principios relevantes que comenzarán a tener un límite de recobro, pero a mitad de año deberían cubrirse en su totalidad.
Los principios activos con los que se elaboran tales medicamentos son, en resumen, los siguientes:
- Rosuvastatina
- Agalsidasa alfa
- Amisulprida
- Candesartán cilexetilo
- Irbesartán
- Levodopa
- Bilastina
- Bosutinib
- Bromuro de otilonio
- Tiotropio
- Cafeína
- Metformina clorhidrato
- Carboximetilcelulosa sódica
- Paracetamol
- Dapaglifozina
- Denosumab
- Dexametasona
- Diclofenaco sódico
- Diosmina




- Etoricoxib
- Exenatida
- Febuxostat
- Fludrocortisona
- Gefitinib
- Indacaterol
- Hialuronato de sodio
- Hidroxicloroquina sulfato
- Icatibant
- Liraglutida
- Melatonina
- Midorina clorhidrato
- Oxaprozina
- Pasireotida
- Propafenona clorhidrato
- Propilenglicol
- Suimatriptan
- Temsirolimus
- Tetrabenazina
- Trimebutina
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