Entendiendo las diferentes visas, como la Visa E2 para crear o comprar un negocio con una inversión moderada y EB5, puede sacar provecho de lo mejor de cada una.

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Actualmente ha incrementado la cantidad de colombianos que quieren migrar a Estados Unidos para hacer negocios, conquistar mercados inexplorados, crear nuevos comercios en Estados Unidos o establecerse de forma permanente.

El director de Latam en USA para Colombia, édgar Pulido, expuso que en Estados Unidos los colombianos pueden optar por desarrollar su negocio o adquirir uno nuevo para lo cual, manifestó, existen modelos como las franquicias que tienen mucho potencial en ese mercado.

Entre las visas más buscadas por los colombianos los últimos meses están la E2 y EB5, según el abogado de migración George Ganey, directivo de Ganey Law Group. De acuerdo con el especialista, hay marcadas diferencias entre los permisos o autorizaciones, así mismo los beneficios y la forma de aplicar a cada visa son parecidos. A continuación se entra más en detalle de cada una de las visas.

Diferencia entre visas para estar en EE. UU.

La visa E2, explicó Ganey, es quizás la que más interesa a los colombianos, porque Colombia tiene un tratado suscrito con los Estados Unidos que permite esta validación o aval de ingreso a territorio norteamericano. Aclaró que se hace con una inversión y la persona interesada tiene un visado con duración de cinco años, lo cual se puede prorrogar indefinidamente.

El experto apuntó que no existe ninguna cifra mínima de inversión, pero generalmente esta visa exige un desembolso substancial. Adicional, permite al cónyuge trabajar en los Estados Unidos de forma legal y a los hijos menores de 21 años estudiar en cualquier escuela pública o privada.

También, declaró el experto, se puede aplicar si es dueño del 50% o más de un negocio, escenario en el que el empresario no debe tener un número mínimo de empleados, pero sí contratar de manera coactiva algunos trabajadores estadounidenses.

El negocio debe ser real y activo en donde demuestre que procesa y obtiene bienes o servicios. Este punto es básico toda vez que son adquiridos todos los permisos y licencias, documentos necesarios para operar. Recordemos que no puede tratarse de una organización sin fines de lucro.

Este tipo de visado no es la famosa Green Card, pero sí puede permitir ajustar estatus hacia otras peticiones migratorias que contemplen la residencia permanente con algo de planificación. Esta se solicita directamente en una embajada de los Estados Unidos y hay menos tiempo de espera y más flexibilidad.

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Según cifras de Latam en USA y Ganey Law Group, las solicitudes de colombianos por este visado crecieron un 80% en promedio en los últimos 3 meses y con una tasa de aprobación general del 89%, esta visa cuenta con una de las tasas de aprobación más altas de todas las visas estadounidenses.

Por otro lado, está la visa de inversionista o EB-5, la cual si es una Green Card y permite al inversor y su familia convertirse en residente permanente de Estados Unidos. Pueden ser titulares de este tipo de permiso quienes logren adelantar una inversión de US$800.000 como mínimo para financiar un negocio en tierra estadounidense.

El Presidente de Estados Unidos, Joe Biden firmó la Ley de Reforma e Integridad EB-5, la cual incluye la autorización para un Programa del Centro Regional de Inversionistas Inmigrantes EB-5. A quién se solicita y quién administra dicho programa es la USCIS (Servicio De Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos).

La visa E-B5 representa una vía directa a la residencia permanente y, si es el deseo del inversor, a la ciudadanía estadounidense.

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La duración es de dos años inicialmente. En ese período es necesario crear diez empleos de tiempo completo para los trabajadores estadounidenses. Una vez aprobada, el inversionista EB-5 recibe su Green Card sin condiciones, gracia con una duración de diez años la cual se puede prorrogar indefinidamente.

Uno de los beneficios clave del programa EB-5 es la oportunidad de los inversionistas de solicitar el estatus de residente permanente de Estados Unidos para su cónyuge e hijos calificados.

Siempre que el hijo de un inversionista EB-5 no esté casado y sea menor de 21 años, califica para una visa de este tipo, los hijos pueden estudiar en cualquier escuela pública, tienen una mayor probabilidad de ser admitidos en universidades, pueden acceder a servicios de atención médica de última generación en ese país, califican para recibir apoyo después de la jubilación y disfrutar de la seguridad política y económica de los Estados Unidos.

Para saber cuál de las 2 visas de inversionista es la más conveniente, habrá una charla gratuita el 28 de septiembre de 8:00 a.m. a 10:30 a.m., en el salón buenos aires del Club El Nogal en Bogotá, en donde estarán los abogados migratorios más especializados en el tema y empresas con años de trayectoria en los dos visados..