El documento, que va dirigido a gobernadores y alcaldes municipales y distritales del país, reitera la orden de permitirles a estos lugares la atención al público, siempre y cuando cuenten con la autorización de la cartera del Interior para llevar a cabo planes piloto sin aglomeración de espectadores.

“El funcionamiento de los bares, de acuerdo con las autorizaciones que emita el Ministerio de Interior, se realizará sin el expendio de bebidas alcohólicas y su funcionamiento es igual al de los restaurantes o expendios de comida”, indica la circular firmada por los ministros de Salud, Interior y Comercio.

El Decreto 1076 firmado por el presidente Iván Duque también les dio el aval a casinos, billares, juegos de azar y apuestas tales como bingos y terminales de juego de video para que brinden atención al público en el sitio (de manera presencial o a la mesa); sin embargo, tampoco están autorizados a vender bebidas alcohólicas.

“Los bares que se abran deberán cumplir con los protocolos en materia de bioseguridad que adoptó el Ministerio de Salud y Protección Social mediante resoluciones o en aquellas que las modifiquen, adicionen o sustituyan”, agrega la circular emitida por el Ministerio del Interior.

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Estas son algunas de las medidas que deben adoptar los bares para prevenir la propagación del COVID-19:

  • Supervisar la frecuencia de lavado de manos, la práctica de hábitos de higiene y uso adecuado de la dotación y elementos de protección de todo el personal.
  • Se debe minimizar el contacto y manipulación directa por parte de los consumidores a los alimentos dispuestos en los autoservicios y espaciar la atención para evitar aglomeración durante el servido. Si es posible, se aconseja mantener una distancia de un metro entre personas.
  • Garantizar la ventilación permanente de las áreas de preparación, servido y consumo de los alimentos. Además, se sugiere ventilar después de cada servicio, los salones y comedores abriendo las ventanas.
  • Después de cada servicio, se deberá realizar la limpieza y desinfección de superficies, máquinas dispensadoras, pomos de puertas, mesas destinadas para el consumo de alimentos y cualquier superficie que haya podido ser utilizada por los clientes, de acuerdo con los protocolos de limpieza establecidos.
  • El personal del restaurante deberá recomendar a los clientes el lavado de manos antes del consumo de los alimentos mediante avisos alusivos y disponer de las condiciones y elementos para esta práctica.
  • Se sugiere el uso de desinfectantes de ambiente y aplicación frecuente, atendiendo a las buenas prácticas, en áreas de preparación, servido y consumo de los alimentos.
  • Se debe respetar al máximo la capacidad prevista del espacio para atender los clientes, evitando concentraciones mayores a 50 personas.