El pasado 7 de julio fue promulgada la Ley 1788 de 2016 que le concede a los trabajadores del servicio doméstico el pago de la prima de servicios de la que disfrutan todos los trabajadores con un contrato laboral formal.

Entre quienes deben considerarse parte del servicio doméstico son las personas que trabajan en hogares privados y no en una empresa o sociedad constituida. Entre estos se cuentan desde la misma empleada de servicio (o empleado en su defecto) hasta los choferes de servicio familiar, cuidanderos de fincas, jardineros y demás.

Según la norma, estos trabajadores tienen el mismo derecho a disfrutar de la prima de servicios al gozar de un contrato laboral formal de la misma manera que cualquier otro empleado: esto es un pago de una quincena a mitad de año y otra quincena a final de año.

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También la norma creó la Mesa de Seguimiento a la implementación del Convenio 189 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo) que trata sobre trabajadoras y trabajadores del servicio doméstico. Esta mesa tendría como objetivo formular y desarrollar las políticas públicas conducentes a promover el trabajo decente en el sector del trabajo doméstico remunerado.

Buenas intenciones, pero…

A pesar de las intenciones del Congreso de igualar a los trabajadores domésticos frente a todos los demás empleados formales, es posible advertir que tales normas podrían llegar a hacer más mal que bien en el sector del trabajo doméstico.

Como bien lo mencionó la Ley 1595 de 2012, la vinculación entre el trabajador doméstico y el empleador es de naturaleza laboral, razón por la cual se debe realizar un contrato de trabajo, el cual se regirá por las normas contenidas en el Código Sustantivo de Trabajo.

Esto no significa que automáticamente todo empleador que contrate una empleada de servicio ahora lo haga mediante un contrato laboral formal. La norma simplemente está ahí y el trecho para hacerla efectiva es bastante largo, justamente en un sector que se caracteriza por su gran informalidad.

Esto puede llevar a consecuencias que los mismos congresistas no se esperaban, o que por lo no pensaron que pueden suceder con la aplicación de la norma.

Al ser más caro contratar un trabajador doméstico suceden una de dos cosas: o les queda más difícil conseguir trabajo, porque hay menos personas que están dispuestas a pagar más por sus servicios; o las oportunidades para conseguir un trabajo formal serán cada vez más escasas, por el mismo motivo que quienes busquen sus servicios busquen algo más barato que, lógicamente, se da por la vía de la informalidad.

Por último es importante mencionar que la prima de servicios fue creada con el objetivo de hacer partícipe a los trabajadores de una empresa en sus utilidades. La diferencia con los trabajadores domésticos es que no trabajan en una empresa, sino, generalmente, en una unidad familiar. De esta manera, el objeto original de la prima de servicios no se cumple en este caso por motivo que no existe ningún tipo de utilidad que se genere en una familia que pueda distribuirse.