
Se trata de la dotación laboral, un derecho consagrado por el artículo 230 del código, que garantiza que ciertos trabajadores reciban ropa y zapatos adecuados para desempeñar sus funciones.
(Vea también: Conozca qué es un contrato verbal y sí es válido en Colombia; muchos lo tienen)
Quiénes tienen derecho a la dotación laboral
Según la legislación colombiana, los trabajadores que tienen derecho a la dotación laboral son aquellos cumplen con estas condiciones:
- Perciben hasta dos salarios mínimos mensuales: es decir, aquellos que en 2024 ganen hasta $ 2’320.000 tienen derecho a esta dotación.
- Llevan al menos tres meses al servicio del empleador: la dotación debe entregarse a aquellos empleados que cumplan con este tiempo mínimo de servicio continuo.
Cuándo y cómo debe entregarse la dotación
El Ministerio de Justicia indica que se debe dar una dotación cada cuatro meses en las siguientes fechas:
- 30 de abril
- 31 de agosto
- 20 de diciembre
(Vea también: Claves sobre qué no se puede exigir en contrato de prestación de servicios en Colombia)
La dotación debe incluir ropa y calzado que sean adecuados para las actividades que el trabajador desempeña. Es fundamental que estos elementos sean de buena calidad y cumplan con las condiciones necesarias para proteger la seguridad y salud del trabajador en el desarrollo de sus funciones.
El Código Sustantivo del Trabajo indica en su artículo 234 que las empresas no pueden pagar en dinero lo correspondiente a la dotación laboral; no obstante, sí pueden acudir a bonos de ropa y calzado.




Qué hacer si no le reconocen la dotación laboral
El incumplimiento por parte del empleador puede acarrear sanciones por parte del Ministerio del Trabajo. La cartera recomienda llegar a un acuerdo con la empresa.
En caso de que no se dé, el trabajador puede acudir a un inspector de trabajo y presentar una queja por el incumplimiento. También puede pedir ayuda en la Defensoría del Pueblo o en los consultorios jurídicos de su municipio.
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