La corte explicó en un comunicado:

“A petición del recurrente, el Tribunal aplica el artículo 161.2 de la Constitución y acuerda la suspensión cautelar de las dos resoluciones impugnadas, con las que la Cámara autonómica materializó la declaración unilateral de independencia de Cataluña”.

La mayoría independentista del Parlamento catalán aprobó el viernes la declaración de secesión, ante lo cual el gobierno español tomó una serie de medidas para intervenir la autonomía de la región, entre ellas el cese de su Ejecutivo, la disolución del Parlamento y la convocatoria de elecciones.

También recurrió la declaración de independencia, lo que fue admitido a trámite este martes por el Tribunal Constitucional.

El tribunal dio 24 horas al Parlamento catalán para que presente sus alegaciones.

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Asimismo, advirtió a la presidenta del Parlamento, Carme Forcadell, y a sus otros dirigentes que deben “impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada”, so pena de responsabilidades, incluso penales, “en las que pudieran incurrir”.

Desde 2014, la justicia española ha anulado sistemáticamente las decisiones y resoluciones del ejecutivo y del parlamento catalanes destinadas a la organización de un referéndum de autodeterminación, que finalmente se organizó el pasado primero de octubre, aunque sin garantías electorales habituales.

Con base en él, los independentistas proclamaron la secesión, ahora suspendida.

Con AFP

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