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Escrito por:  Christian Suárez
Redactor SEO     Abr 7, 2025 - 9:33 am

En Colombia, la idea de que el sueldo de una persona pueda ser embargado por deudas de un familiar causa gran preocupación, lo que lleva a replantear y a investigar si esto es real o solo se trata de un rumor, así que Pulzo le contará lo que dice la legislación nacional frente a este escenario para que tome las medidas necesarias o para que tome las cosas con calma con sus entradas de dinero, sin estar a las carreras o tomando malas decisiones sin fundamento.

Imagen de referencia / Freepik
Imagen de referencia / Freepik

Es conocido que, en el caso de que una persona gane 2’000.000 de pesos, le confiscarán el 50 %, esto si tiene obligaciones que se han salido de las manos y ya han llegado a instancias legales, el monto está estipulado para permitir que el ciudadano cuente con recursos para su sostenimiento básico, ya que la idea no es que pase necesidades que lo lleven a llenarse de más pasivos, por tapar un hueco con otro hueco, como se dice popularmente.

La ley es clara: en principio, los bienes y salarios de un individuo solo pueden ser embargados por sus propias deudas. La responsabilidad financiera es personal, y no se extiende automáticamente a los familiares, a menos que existan circunstancias muy específicas, como ser codeudor o garante de la obligación (como en el caso de los créditos estudiantiles y otros productos).

¿Cómo puede evitar un embargo por deudas ajenas?

Una de las situaciones más angustiantes es enfrentar un embargo por deudas que no son propias. Para evitar este escenario, es crucial mantener una clara separación entre tus finanzas y las de terceros. Si comparte vivienda o bienes con alguien, documente detalladamente la propiedad de cada artículo. Guarde facturas, contratos y cualquier comprobante que acredite que ciertos bienes le pertenecen exclusivamente. Además, mantenga sus cuentas bancarias y tarjetas de crédito separadas para evitar confusiones y posibles embargos.

(Vea también: Ley dice si pueden embargar un carro cuando no está a nombre del deudor; muchos se alegran)

En caso de recibir una notificación de embargo por deudas ajenas, actúe con rapidez. Reúna todas las pruebas que demuestren que los bienes embargados son suyos y presente una ‘tercería de dominio’ ante el juez. Este recurso legal permite reclamar la propiedad de los bienes y evitar que sean utilizados para saldar deudas ajenas. Es fundamental buscar asesoría legal especializada para garantizar que el proceso se haga correctamente y proteger tus derechos.

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¿Qué pasa si lo van a embargar y no tiene nada a su nombre?

En situaciones donde una persona enfrenta un embargo pero no posee bienes registrados a su nombre, la ejecución de la confiscación se ve obstaculizada. Los acreedores no pueden retener activos que legalmente no pertenecen al deudor.

Sin embargo, esto no implica que la obligación desaparezca. Los acreedores pueden buscar otras vías legales para el cobro, y en caso de que el deudor adquiera bienes en el futuro, estos podrían ser embargados.

Es importante destacar que la ausencia de propiedades a nombre del titular no protege los bienes que se encuentren en su domicilio, ya que estos podrían ser embargados bajo la presunción de que le pertenecen. Para evitar inconvenientes, se recomienda tener documentación que acredite la propiedad de terceros sobre dichos bienes. Además, existen figuras legales como la Ley de Segunda Oportunidad, que pueden ofrecer alternativas para la cancelación de deudas en situaciones de insolvencia.

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