Este es el caso de Bogotá, cuya Secretaría de Movilidad emitió un comunicado en el que explica los detalles de la nueva norma que se aplicará.

“A través la Sentencia C-321 de 2022, la Corte Constitucional estableció que el dueño de un vehículo es el responsable de su adecuada tenencia y debe velar porque el mismo cumpla con las normas de tránsito”, dijo.

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Y agregó que, con este fallo, las responsabilidades, incluyendo las de las fotomultas, vuelven a recaer sobre los propietarios de carros o motos.

Estos últimos deben garantizar que sus vehículos tengan la revisión técnico – mecánica y el SOAT vigente.

Y, además, que no circulen en horarios no permitidos (pico y placa), no excedan límites de velocidad establecidos, se detengan en los semáforos, entre otros.

Así las cosas, “ahora en Bogotá no será necesario determinar quién conduce el vehículo para las infracciones”, incluyendo las impuestas con fotomultas.

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Esto cambia su operación, ya que la Corte Constitucional había dicho que se debía identificar a quién iba manejando para imponerle una sanción.

No obstante, en una nueva sentencia, el alto tribunal dejó claro que la responsabilidad es del propietario del vehículo.

Eso sí, esto se dará “cuando, al interior del procedimiento administrativo sancionatorio, resulte probado que este, de manera culposa, incurrió en las infracciones de tránsito analizadas”.

Propietarios, a responder por fotomultas

Ahora bien, esto no quiere decir que las personas no podrán impugnar las sanciones que les impongan, incluyendo las fotomultas.

Ahora, la única forma para no pagar la multa será entregar pruebas que demuestren que se fue víctima de fraude o hurto del vehículo.

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Esto, por ejemplo, en caso de que efectivamente alguien más esté usando su carro o moto al haberlo robado o usado sus placas.

El Distrito indicó, además, que si los ciudadanos ‘pierden’ la impugnación, deberán pagar el 100 % de la multa junto con intereses causados.

Por lo anterior, invitó los ciudadanos para que, en caso de ser multados, realicen el curso pedagógico dentro de los siguientes 11 días hábiles a la notificación del comparendo para acceder al 50 % de descuento.

“Los propietarios deben tener toda su información actualizada en el RUNT (…) para que se pueda hacer una debida notificación”, dijo la secretaria de Movilidad, Deyanira Ávila.

Y concluyó diciendo que las fotomultas buscan “garantizar el cumplimiento de la ley que deben tener todas en la vía, para reducir la siniestralidad y las fatalidades en Bogotá”.

Estas cámaras están ubicadas en lugares visibles y deben estar señalizadas unos metros antes para poder ser legales.

Su aprobación y revisión está a cargo de la Agencia de Seguridad Vial, entidad adscrita al Ministerio de Transporte.

Con esto presente, se espera que el Gobierno Nacional expida una norma general acerca de la nueva sentencia sobre fotomultas en Colombia.

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