Muchas personas desean aprovechar el día sin IVA para comprar productos de belleza, pero ¿entran en los descuentos?

 

Con el fin de seguir estimulando la reactivación económica en Colombia, el gobierno nacional decidió realizar el día sin IVA. Este quedó estipulado para el próximo viernes 17 de junio y está destinado para que el sector comercial pueda recuperar algunas pérdidas que tuvo por la pandemia.

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Según lo mencionado por Jaime Alberto Cabal, presidente de Fenalco, de la totalidad de las ventas en esta fecha, se espera que por lo menos $710.000 millones provengan del comercio electrónico.

Esta sin duda, es la oportunidad de encontrar las mejores ofertas de productos en las tiendas que están incluidas dentro del segundo día sin IVA 2022.

Día sin IVA: ¿Puedo comprar productos de belleza?

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) señaló a detalle un punto importante para los colombianos que van a comprar durante la jornada. De acuerdo con lo inicialmente pactado por el Ministerio de comercio, se pactaron categorías específicas para las que está habilitado este día de descuentos.

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Dentro de este listado y para sorpresa de muchos, todos los productos relacionados con artículos de belleza como maquillaje y cremas, no entra en los productos que estarán libres de IVA el próximo viernes.

Otros de los productos que no harán parte del día sin IVA son:

-Alimentos.

-Servicios de turismo (tiquetes de viaje, precios de hoteles y tours).

-Joyas.

-Muebles para el hogar (salas, comedores, lámparas y decoraciones).

La Dian hizo énfasis en que los descuentos estarán disponibles para productos como ropa, electrodomésticos, útiles escolares y productos agropecuarios, entre otros.

¿Cómo puedo calcula el valor de un producto sin IVA?

Se debe tomar el precio final del producto (que incluye el IVA) y se debe dividir por 1,19. Así se sabe el valor del producto sin el IVA.

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Es importante mencionar que aquellos consumidores que noten anomalías o los precios elevados, pueden acudir a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).

Entre los productos exentos del IVA están:

-Útiles escolares como cuadernos, software educativo, lápices, esferos, borradores, tajalápices, correctores, plastilina, pegantes y tijeras. Su precio de venta por unidad debe ser igual o inferior a $190.020 (5 UVT), sin IVA.

-Vestuario y complementos de vestuario como ropa, calzado, morrales, maletines, bolsos de mano, carteras, gafas, paraguas, pañoletas y bisutería (joyas). El precio de venta por unidad no debe superar los $760.080 (20 UVT), sin incluir el IVA.

-Electrodomésticos, computadores y equipos como televisores, parlantes de uso doméstico, tabletas, refrigeradores, congeladores, lavaplatos eléctricos, aspiradoras, enceradoras de piso, hornos, planchas, cafeteras, calentadores, ventiladores, aires acondicionados, celulares entre otros. El precio de venta debe ser igual o inferior a los $3.040.320 (80 UVT), sin IVA.

-Elementos deportivos como pelotas de caucho, bolas, balones, raquetas, bates, mazos, gafas de natación, trajes de neopreno, aletas, salvavidas, cascos, protectores de manos, codos y espinillas, y zapatos especializados para la práctica de deportes, bicicletas y bicicletas eléctricas, manillas, guantes de béisbol, softbol y boxeo. El precio de la unidad no debe superar los $3.040.320 (80 UVT), sin incluir IVA.

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-Juguetes y juegos como muñecas, los muñecos que representen personajes, los animales de juguete, muñecos de peluche y de trapo, instrumentos musicales de juguete, naipes, juegos de tablero, juegos electrónicos y videojuegos, trenes eléctricos, sets de construcción, juguetes con ruedas diseñados para ser utilizados como vehículos, rompecabezas y canicas, patinetas y patinetas eléctricas. El precio debe estar por debajo de los $380.040 (10 UVT), sin IVA.

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-Bienes e insumos para el sector agropecuario como semillas y frutos para la siembra, los abonos de origen animal, vegetal, mineral y/o químicos, insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, sistemas de riego, aspersores y goteros para sistemas de riego, guadañadoras, cosechadoras, trilladoras, partes de máquinas, aparatos y artefactos de cosechar o trillar, concentrados y/o medicamentos para animales, alambres de púas y cercas. El valor de venta de la unidad no debe superar los $3.040.320 (80 UVT), sin incluir IVA.