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Este artículo fue curado por Marizol Gómez   Ago 15, 2024 - 12:03 pm
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En Colombia, el empleador, ya sea por contrato a término indefinido o fijo, tiene como obligación realizar los aportes y la afiliación a seguridad social del trabajador, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo.

Entre los aportes, debe asegurar el pago de salud, pensión, riesgos laborales y caja de compensación familiar.

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Por su parte, en el caso de los aportes a salud y pensión, se debe realizar un descuento de un porcentaje del sueldo del trabajador y, la otra parte, lo paga el empleador.

¿Cómo se calcula el descuento por salud y pensión?

El porcentaje que se descuenta del salario por salud y pensión está establecido por ley y se aplica sobre el salario básico. A grandes rasgos, así funciona:

  • Salud: El aporte total es del 12,5 %, dividido entre empleador y empleado. El empleador aporta el 8,5 % y el empleado el 4 %.
  • Pensión: El aporte total es del 16 %, también dividido entre empleador y empleado. El empleador aporta el 12 % y el empleado el 4 %.

Con lo anterior, de acuerdo con Porvenir, la base de cotización para salud y pensión debe ser calculada según el salario mensual del trabajador, el cual no podrá ser inferior al salario mínimo legal vigente (SMLV) o superior a 25 SMLV.

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En cuanto a salud, el aporte total es del 12,5 %, de este porcentaje el empleador paga el 8,5 % en base al salario del trabajador, y al trabajador se le descuenta del salario el 4 %. Para pensión se debe realizar una contribución del 16 %, donde el empleador aporta el 12 % y al empleado se le descuenta el 4 %.

En conclusión, el descuento por salud y pensión es del 8 % del salario para el trabajador. Y el empleador aporta el 20,5 % sobre el salario del trabajador. El pago de la ARL y cajas de compensación lo debe asumir el empleador.

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Si el empleado recibe un salario superior a cuatro SMLV, este debe hacer un aporte adicional del 1 %, tomando como base el ingreso de la base de cotización. Este aporte será destinado al Fondo de Solidaridad Pensional. Así mismo, no recibe subsidio de transporte.

Si los ingresos superan los 4 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV) para el caso de salud, y los 16 SMMLV para pensión, se aplican aportes adicionales. Estos aportes varían dependiendo del rango salarial.

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¿Cómo deben pagar salud y pensión los trabajadores independientes?

Finalmente, una persona que tiene contrato de prestación de servicios o es un trabajador independiente, debe realizar sus aportes de la siguiente manera: sacar el 40 % al valor de los honorarios, sobre ese monto deducir el 16 % para pensión y 12,5 % para salud. Se resalta que la base de cotización es un SMLV.

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