Escrito por:  Redacción Economía
May 1, 2025 - 12:02 pm

El Gobierno anunció en un comunicado que a partir del 2 de mayo de 2025 se empezarán a hacer las transferencias monetarias, correspondientes al cuarto ciclo, a los beneficiados del subsidio.

El dinero se girará de manera escalonada, indicó Prosperidad Social, de la siguiente manera:

  • Desde el 2 de mayo se harán las transferencias a los beneficiados que cuentan con productos (como cuenta de ahorros o billeteras digitales) en el Banco Agrario, elegido como operario para repartir los subsidios de Colombia Mayor, Renta Ciudadana y Devolución del IVA.
  • Desde el 7 de mayo se transferirá la plata de las personas cobijadas en el programa Colombia Mayor que no tienen una cuenta en el Banco Agrario. A ellas se les hará un giro que se podrá hacer en una sucursal o corresponsal de ese banco o aliados de la compañía.

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Para los pagos del cuarto ciclo de Colombia Mayor se invertirán 225.000 millones de pesos, según información de la entidad gubernamental, que beneficiarán a 1’682.571 de personas de la tercera edad.

¿Cuánto dinero entrega subsidio de Colombia Mayor en 2025?

El programa tiene dos tarifas diferenciales: la primera es de 80.000 pesos, que se entrega a los menores de 80 años y la segunda es de 225.000 pesos, que se transfiere a los que tienen más de 80 años.

Los beneficiados de la capital colombiana que tienen menos de 80 años reciben 130.000 pesos, por un convenio que tiene Prosperidad Social con la Alcaldía de Bogotá.

En los pagos del cuarto ciclo, que se harán hasta el 19 de mayo, 520.156 personas recibirán 225.000 pesos, por tener más de 80 años.

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¿Cómo inscribirse al subsidio Colombia Mayor?

Los interesados deben acudir personalmente a la alcaldía de su municipio con la cédula de ciudadanía en físico. En Bogotá, el trámite se hace en las Subdirecciones Locales de la Secretaría de Integración Social. Un funcionario verificará el cumplimiento de los requisitos y registrará al solicitante en el sistema de información de Colombia Mayor.

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Para acceder, los adultos mayores deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser colombiano.
  • Haber residido en Colombia durante los últimos 10 años.
  • Tener mínimo tres años menos de la edad requerida para pensionarse por vejez (54 años para mujeres y 59 para hombres).
  • No contar con rentas o ingresos suficientes para subsistir, según la clasificación del Sisbén IV.

Dado que los recursos son limitados, se establecen criterios de priorización para asignar los cupos disponibles. Algunos de ellos son:

  • Edad del solicitante.
  • Puntaje del Sisbén.
  • Situación de discapacidad.
  • Si vive solo y no depende económicamente de otra persona.
  • Si tiene personas a cargo que dependan económicamente de sus ingresos.

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