
Colpensiones es la entidad encargada de administrar los ahorros pensionales de millones de personas en el territorio nacional.
Pero para aquellos colombianos que por una u otra razón no cumplen con los requisitos de la pensión, existen planes que consisten en ayudas para paliar sus gastos del día a día.
(Vea también: ¿Debe escoger nuevo fondo de pensiones antes del 16 de enero? Vea si cumple las condiciones).
El programa estrella de Colpensiones para ese fin es Beps, y se trata de una ayuda mensual fija que puede ser impulsada por ahorros voluntarios que comienzan desde los 10.000 pesos.
Precisamente, para llevar a cabo ese ahorro voluntario, Colpensiones explicó cuáles son los canales físicos en los que usted puede consignar su dinero para Beps.




“Los colombianos(as) vinculados(as) a Beps, pueden hacer sus ahorros a través de los 39.659 puntos de recaudo de las redes Sured/Paga Todo, SuperGIROS, Reval y sus aliadas, ubicados en locales, droguerías, tiendas, supermercados y demás establecimientos cercanos a sus hogares o lugares de trabajo a nivel nacional”, destaca el fondo pensional en su página web.
Si quiere ver cuáles son los pormenores de este programa clave de Colpensiones, solo debe ingresar en este enlace y allí ver los requisitos del mismo.
Qué es Colpensiones y cómo funciona en Colombia
Colpensiones, o la Administradora Colombiana de Pensiones, es la entidad pública encargada de administrar el Régimen de Prima Media (RPM) en Colombia.
Este régimen es una de las dos opciones principales del sistema pensional colombiano, junto con los fondos privados de pensiones, y se basa en un esquema de solidaridad intergeneracional, donde los aportes de los trabajadores activos financian las pensiones de quienes ya están retirados. Colpensiones opera bajo la supervisión del Ministerio de Trabajo y se rige por la normatividad establecida en la Ley 100 de 1993 y sus posteriores modificaciones.
Cómo se calculan las pensiones en el fondo público
El funcionamiento de Colpensiones se basa en la acumulación de semanas cotizadas por parte del afiliado y en el cálculo de la pensión según su historial de aportes y su salario promedio.
Para acceder a una pensión de vejez, un trabajador debe haber cotizado al menos 1.300 semanas (aproximadamente 26 años) y cumplir con la edad mínima establecida: 62 años para los hombres y 57 años para las mujeres. La pensión que recibe el jubilado se determina en función del promedio salarial de los últimos diez años cotizados y puede oscilar entre el 65 % y el 80 % de este promedio.
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