El Tiempo explicó que el conjunto deberá presentar la solicitud ante la Dian (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales) e inscribir la propiedad en el RUT (Registro Único Tributario) para adquirir el respectivo código de facturación y la autorización para ese ejercicio.

Previo a ese trámite, el oficio de prestación del servicio de estacionamientos deberá ser propuesto y aprobado por la asamblea de propietarios del conjunto, añadió el diario.

Esto implica que las propiedades que cobren por el uso de sus parqueaderos y sean aprobadas por la Dian deberán declarar tributos y, como ejecutan un ejercicio comercial, son responsables de la retención y pago del IVA ante la entidad, advirtió  el medio.

Lee También

“Si en un momento dado se quiere cambiar el uso de un parqueadero de visitantes o cualquier zona común se debe respaldar la decisión con un 70 % de los propietarios”, aclaró el periódico.

Por otra parte, Portafolio mencionó que los residentes o visitantes que usen un lugar de estacionamiento para otros fines podrán ser multados por la administración del conjunto porque esos espacios, única y exclusivamente, están destinados para el parqueo de vehículos.

El diario especificó que cada administración fija sus cifras y topes que se ajustan a los estatutos de la asamblea de propietarios de las residencias.

Precio de las viviendas VIS en Colombia cambiaría

El Ministerio de Vivienda presentó un proyecto de decreto que busca frenar las alzas en el precio de las viviendas VIS. La idea del Gobierno es que quede en máximo 135 salarios mínimos y que desde el inicio del negocio se establezca el precio en pesos colombianos.