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Este artículo fue curado por Santiago Ávila   Jun 12, 2024 - 6:06 pm
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En Colombia, cada vez más son los conductores que se animan a comprar una motocicleta, independientemente de su cilindraje, ya sea por gusto o por ahorrar tiempo y dinero, pues los costos de mantenimiento del mencionado vehículo suelen ser más bajos que los de un carro.

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Motos sin Euro 3 no pueden circular en autopistas ni carreteras de Colombia

Sin embargo, muchos no tienen en cuenta la Ley 1972, la cual, está vigente desde enero de 2021 y que fue establecida por el Ministerio de Ambiente, en conjunto con el Ministerio de Transporte, para las motocicletas en el país.

La disposición pretende “establecer medidas tendientes a la reducción de emisiones contaminantes al aire proveniente de fuentes móciles que circulen por el territorio nacional, haciéndo énfasis en el materia particulado, con el fin de resguardar la vida y la salud”.

Dicho lo anterior, si está en busca de una motocicleta debe tener en cuenta la Ley 1972, por lo que deberá fijarse muy bien en las especificaciones y características del vehículo a comprar, ya que debe ser amigable con el medio ambiente y cumplir con el artículo 6 de la norma.

“A partir del primero de enero de 2021 todas las motocicletas que se fabriquen, ensamblen o importen para circular por el territorio nacional, deberán cumplir con los límites máximo permisibles de emisión de contaminantes al aire correspondiente a Euro 3, su equivalente o superior”, señala el artículo 6.

Qué es Euro 3, que deben tener motos en Colombia

Cabe recordar que el certificado de Euro 3 da cuenta que la motocicleta tiene una reducción del 64 % en las emisiones de monóxido de carbono, un 33 % en hidrocarburos y 50 % en óxidos de nitrógeno, en comparación con Euro 2.

Así las cosas, las motocicletas en Colombia, que en ocasiones se quedan sin baterías, que no cuenten con este certificado no deben circular en autopistas ni carreteras del país o podría exponerse a ser sancionado por las autoridades de tránsito.

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Normas para conducir moto en Colombia

Especifica el Ministerio de Transporte, a través de la Ley 1239 de 2008, cómo deben transitar los motociclistas en Colombia:

  1. Tránsitar ocupando un carril, observando lo dispuesto en los artículos 60 y 68.
  2. No transportar objetos que dificulten la visibilidad o incomoden al conductor, acompañante o sean riesgosos para quienes van en la vía.
  3. Debe conducir con las luces delantareas y traseras encendidas.
  4. Conductor y acompañante deben llevar siempre casco y este tiene que estar abrochado.

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