Condiciones entre plataformas y repartidores si se llega a aprobar la reforma laboral
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Visitar sitioLas plataformas tendrán que tener un mecanismo de identificación que permita individualizar a cada repartidor para el derecho del habeas data.
La reforma laboral empezó a debatirse en Cámara de Representantes. Tras estancarse en la anterior legislatura, el proyecto dio sus primeros pasos y apunta a ser aprobado en el primer semestre del 2024 con importantes cambios, como los de las relaciones entre plataformas digitales y repartidores.
Es que entre los artículos 23 y 26 se establecen una serie de medidas y definiciones que ajustarán la forma como trabajan estas personas.
(Vea también: Así quedarían los pagos de dominicales y festivos con la reforma laboral; es cambio grande)
Así, 120.000 colaboradores vinculados a plataformas como Rappi o Didi pasarían a tener una relación laboral en calidad de dependientes y subordinados, o de independientes y autónomos, según sea el caso, y dichas compañías pasarían a reconocer a los repartidores como “trabajadores digitales en servicios de reparto”.
El proyecto, además, establece diferentes condiciones según el tipo de contrato que se firme: si es en calidad de dependiente, la plataforma responderá por los pagos al sistema integral de seguridad social; si es independiente, la empresa aportará el 60% a salud y pensión y el trabajador el 40%.
(Vea también: Domiciliarios de Rappi tendrían cambio grande por reforma laboral; lo pedían hace tiempo)
También define que las plataformas digitales deberán crear un mecanismo de reconocimiento de identidad plena que permita individualizar al trabajador.
Según la reforma, ese mecanismo de reconocimiento de identidad “respetará el derecho de habeas data conforme a la regulación en la materia”.
(Vea también: Gobierno Petro saca pecho por reforma laboral y dice que Estados Unidos la aprueba)
Se propone igualmente que las plataformas generen los reportes respectivos de las horas de servicio efectivo de los trabajadores a las entidades recaudadoras, “acumuladas y calculadas en función del número de días o semanas de servicio efectivo, conforme a la norma respectiva”.
Esta información, además, deberá ser entregada al colaborador al final de cada mes.
(Vea también: Empresas que se fundirían en Colombia por la reforma laboral: son muy importantes ahora)
Cabe mencionar que el control y seguimiento de la afiliación o vinculación y pagos al Sistema General de Seguridad Social estará a cargo de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP)
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