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El impuesto lleva más de 20 años en Colombia —aunque ha tenido modificaciones con el paso del tiempo— y podría cambiar otra vez en el gobierno de Gustavo Petro.
El tema se ha vuelto tendencia en Colombia desde que se conoció que en la reforma tributaria que propone Petro hay un cambio sobre el 4 X 1.000.
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Aunque muchos han oído hablar de ese impuesto, que se creó en 1998 como un amparo a la crisis económica de ese año —indicó Asobancaria—, varios desconocen cuándo se cobra y para quién ese ese recaudo que hacen los bancos en Colombia, aunque una entidad ya estaría dispuesta a devolver el dinero de ese gravamen a sus clientes.
Es un impuesto que se aplica a algunas transacciones bancarias en las que se descuenta 4 pesos por cada mil pesos del movimiento que se haga; ya sea un retiro, un pago o traslado. Aplica para cuentas de ahorros y corrientes, explicó Rankia.
En el año 2000 el gravamen se convirtió en permanente, y se fijó una tarifa de 2 X 1.000. Unos meses después incrementó a 3 X 1.000 y en el 2003 quedó en 4 X 1.000, agregó Asobancaria
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En 2010 se planteó un desmonte gradual de este impuesto, pero la crisis agro, de 2014, hizo que la idea se replanteara, explicó la entidad. Con la reforma tributaria de ese mismo año se mantuvo el 4 X 1.000 hasta el 2018. Ahí se señaló su desmonte para el 2019; sin embargo, los banqueros han pedido mantenerlo.
El impuesto se cobra a las personas que tienen más de una cuenta de ahorro (pues solo pueden tener una exenta del 4 X 1.000) y a aquellos que hacen transacciones de más de 11’000.0000 de pesos mensuales.
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También hay quienes no deben pagar ese gravamen, según el artículo 879 del Estatuto Tributario Nacional. Estas son algunas de las excepciones del 4 X 1.000:
También están exentos algunos movimientos que se hacen al sistema de salud de Colombia y al Banco de la República.
Asobancaria señaló que los cobros del impuesto son para “la banca pública, las cooperativas financieras y los alivios para los deudores del sistema Upac (Unidad de Poder Adquisitivo Constante, que en ese entonces, era usada para calcular los créditos de vivienda)”, por un fallo de la Corte Constitucional de 1999.
El 60 % del recaudo va para los deudores hipotecarios, el 30 % para la banca cooperativa y el 10 % para la banca pública.
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