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Recientemente, el Tribunal Superior de Bogotá falló a favor de un cliente de reconocido banco y recuerda en qué casos los clientes pueden solicitar devolución.
Por decisión del Tribunal Superior de Bogotá y con base en la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera de Colombia, los bancos del país ya no pueden negar a los usuarios el derecho a la restitución de su dinero en casos de fraude, siempre que no hayan seguido los protocolos establecidos.
(Vea también: “Insostenible”: la nueva orden de Petro que pone en aprietos a varias empresas en Colombia)
Este fallo representa un importante alivio para los afectados por delitos informáticos o movimientos no reconocidos en sus cuentas bancarias, estableciendo una responsabilidad clara para las entidades financieras.
El fallo se derivó de un incidente que afectó a la Empresa de Desarrollo Urbano y Hábitat Sostenible (EICE) cliente del Banco Caja Social, que recientemente anunció fusión con otro banco, ocurrido años atrás, cuyo fallo del citado tribunal se dio el pasado 7 de mayo de 2025, según un documento compartido por Red + Noticias.
Varios funcionarios recibieron mensajes de texto informando el bloqueo de sus líneas telefónicas por presunto robo.
Al mismo tiempo, los computadores de la empresa fueron inutilizados, inicialmente atribuido a una falla del sistema.
Al intentar conectarse a los servicios virtuales del Banco Caja Social, donde tenían cuentas corporativas, no fue posible establecer conexión.
Se identificaron movimientos inusuales en los productos financieros.
Ante esta situación:
EICE solicitó el bloqueo inmediato de operaciones y un reporte detallado de las transacciones, pero el Banco Caja Social negó la petición.
En contraste, Bancolombia, donde también tenían cuentas, activó protocolos de seguridad: bloqueó productos, aplicó validación biométrica y reembolsó la totalidad del dinero perdido.
Una investigación determinó que los computadores de EICE estaban infectados con malware, que permitió a terceros realizar transferencias ilícitas.
Según la empresa, el Banco Caja Social:
Incumplió sus propios protocolos internos para operaciones sospechosas.
No emitió recomendaciones de seguridad previas al incidente.
Permitió el retiro fraudulento de más de $386 millones, al no actuar con la debida diligencia.
El Tribunal Superior de Bogotá concluyó que el banco incurrió en culpa al omitir el bloqueo de canales transaccionales, lo cual habría evitado el daño patrimonial.
Con base en la normativa vigente y los hechos del caso, se recomienda:
Activar alertas transaccionales y revisar continuamente los movimientos bancarios.
Adoptar protocolos estrictos de ciberseguridad, como la autenticación biométrica y el monitoreo de patrones inusuales.
Reportar inmediatamente cualquier sospecha de fraude al banco.
Solicitar el bloqueo inmediato de productos ante cualquier irregularidad.
Las entidades financieras deben actuar de manera diligente y conforme a la Circular Básica Jurídica para evitar responsabilidades civiles.
Este precedente establece que:
Si un banco no responde diligentemente ante alertas de fraude, será civilmente responsable.
Tendrá la obligación de restituir los fondos sustraídos al cliente afectado.
La medida aplica a todas las entidades financieras en Colombia y fortalece la protección de los usuarios frente al creciente número de delitos cibernéticos en el país.
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