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Escrito por:  Yenny Bejarano
Redactora     Ene 17, 2025 - 2:30 pm

El término prescripción hace referencia a un proceso legal que permite que una multa de tránsito deje de ser exigible después de un periodo específico, siempre que se cumplan ciertas condiciones.

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De acuerdo con el artículo 159 del Código Nacional de Tránsito Terrestre, las multas prescriben en un plazo de tres años contados a partir de la fecha de la infracción. Sin embargo; este proceso no ocurre automáticamente, ya que requiere el cumplimiento de varias condiciones para que la sanción quede sin efecto.

¿Cuándo prescribe una multa de tránsito en Colombia?

  • Plazo de prescripción: la sanción debe cumplir con el periodo de tres años establecido por la ley desde el momento en que ocurrió la infracción.
  • Notificación del mandamiento de pago: la autoridad de tránsito tiene un plazo de 10 días para notificar al infractor sobre el  pago tras emitir la resolución que impone la multa. Si no lo hace, el proceso de prescripción avanza.
  • Inactividad en el cobro coactivo: si en tres años no se inicia el proceso de cobro coactivo o no se hace ninguna acción para exigir el pago, el infractor puede solicitar la prescripción de la multa.
  • Interrupción del plazo: el plazo de prescripción se interrumpe si la autoridad toma alguna medida, como notificar el mandamiento de pago o establecer un acuerdo. En estos casos, el conteo del tiempo se reinicia.
  • Solicitud del infractor: el ciudadano debe presentar un derecho de petición ante la autoridad competente para solicitar la prescripción. Este trámite es gratuito y no requiere la intervención de un abogado.
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Consideraciones que debe tener en cuenta

La prescripción de la multa debe ser declarada por la autoridad de tránsito, ya sea de oficio o a solicitud del ciudadano:

  1. Es importante que los infractores recopilen toda la documentación pertinente y presenten su solicitud formal ante las autoridades competentes.
  2. Si una multa prescribe y se intenta cobrar, dicha acción sería ilegal según lo estipulado en el Código Nacional de Tránsito y el Estatuto Tributario.
  3. Es fundamental que los ciudadanos conozcan sus derechos y actúen oportunamente para evitar cobros indebidos.

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