El Ministerio de Trabajo emitió este miércoles una circular en la que establece varias directrices para que las empresas puedan exigir a sus trabajadores estar inmunizados contra el COVID-19.

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¿En qué trabajos pueden exigir el carnet de vacunas a empleados?

De acuerdo con la circular 003 del 12 de enero de 2022, los trabajadores que presten sus servicios en lugares de asistencia masiva, que implique la atención abierta al público, deberán estar vacunados contra el virus.

Los establecimientos son bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos, actividades de ocio, escenarios deportivos, parques de diversiones y temáticos, museos, entre otros. 

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Aunque el documento insta a los empleadores a exigir a sus trabajadores la presentación del carnet de vacunas con el esquema completo, el ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, dijo que con una dosis ya se cumple el requisito.

“No quisimos pedir todavía el esquema completo, porque empiezan a descartar el que tiene refuerzo o el que no tiene refuerzo. Inicialmente solo pedimos el certificado con una sola dosis. El primer mensaje urgente es que nos vacunemos, después precisamos en los esquemas completos”, dijo Cabrera a Blu Radio.

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El funcionario dijo a la emisora que desde el Ministerio de Trabajo, junto con el Ministerio de Salud, ya están adelantando ajustes a las normas laborales. Sin embargo, aclaró que cualquier trabajador que resulte contagiado puede obtener su incapacidad con la certificación de positividad del virus.