Escrito por:  Redacción Economía
Jun 21, 2024 - 5:05 pm

Vivir en un edificio o conjunto significa respetar ciertas normas que se estipulan en la ley de propiedad horizontal o en las reglas de cada lugar (todas se someten a la ley nacional).

Las leyes de propiedad horizontal son fijadas por el Ministerio de Vivienda y tratan algunas generalidades que deben ser respetadas sí o sí en toda edificación residencial de Colombia.

(Vea tambiénQué pueden hacer las administraciones de edificios con propietarios morosos en Colombia).

En el artículo 71 de la misma se hace una aclaración acerca de una obra de remodelación común en nuestro país. Se trata de los cerramientos de terrazas u otras zonas que pertenecen a la vivienda, pero que visualmente hacen parte de la fachada en general.

La ley actual, que sería actualizada prontamente, estipula que los cerramientos deben hacerse con materiales transparentes o naturales (setos) que no alteren la visión de la fachada.

Lee También

“Las Unidades Inmobiliarias Cerradas que se autoricen a partir de la presente ley tendrán cerramientos en setos vivos o cerramientos transparentes que permitan la integración visual de los espacios libres privados y edificaciones al espacio público adyacente, sin que ello implique que se prive a la ciudadanía de su uso, goce y disfrute visual, en los términos del artículo 6o de la Ley 9ª de 1989″, detalla la ley de propiedad horizontal en nuestro país.

Irrespetar las normas y completar remodelaciones no permitidas puede desencadenar en multas o hasta en sentencias que obligan a echar para atrás las obras.

Las áreas comunes, los espacios de goce colectivo y hasta los parqueaderos son todos regulados por estas leyes que deben ser aplicadas a todas las edificaciones residenciales.

Leyes de propiedad horizontal en Colombia y cómo son actualmente

Las leyes de propiedad horizontal en Colombia se rigen principalmente por la Ley 675 de 2001. Esta normativa establece el marco legal para la organización y administración de los edificios y conjuntos destinados a la propiedad horizontal, donde coexisten propiedades privadas y áreas comunes.

La ley define la propiedad horizontal como un régimen jurídico en el que varios propietarios comparten el dominio exclusivo sobre sus inmuebles y el dominio sobre las áreas comunes. Las unidades privadas pueden ser apartamentos, oficinas o locales comerciales, mientras que las áreas comunes incluyen elementos como pasillos, ascensores, jardines y estacionamientos.

Uno de los aspectos clave de la ley es la creación de la asamblea de copropietarios, el órgano máximo de decisión en la propiedad horizontal. Esta asamblea elige al administrador y al consejo de administración, quienes se encargan de la gestión del edificio o conjunto. Además, la ley establece la obligación de redactar y registrar un reglamento de propiedad horizontal, que incluye normas de convivencia, uso de áreas comunes y contribuciones económicas para el mantenimiento.

* Pulzo.com se escribe con Z

Lee todas las noticias de economía hoy aquí.