Ene 29, 2025 - 8:00 am

Arrendar un inmueble, ya sea un apartamento, casa o local, es un proceso muy tedioso por cuenta de la cantidad de documentos que hay que presentar al propietario. Todas estas diligencias son necesarias para que el arrendatario tenga seguridad de que mes a mes recibirá el dinero.

Para 2025, el precio del arriendo subió lo correspondiente al IPC, es decir, el 5,2 %. Por lo tanto, si en 2024 pagaba 800.000 pesos, debe multiplicar esta cifra por 0.052 (el porcentaje de incremento en decimales) y le dará 41.600 pesos. De esta forma, el nuevo valor de su arriendo es de 841.600 pesos.

¿Qué documentos debo presentar para sacar un arriendo?

Antes de firmar el contrato, las inmobiliarias o propietarios particulares hacen un estudio de arrendamiento para contar con un seguro. Esto se hace con el objetivo de cubrir inconvenientes que puedan surgir durante el contrato. Para este proceso piden estos documentos:

  • Copia de la cédula.
  • Certificación laboral o declaración de renta.
  • Extractos bancarios.

(Vea también: Cuáles son las ciudades con arriendos más baratos en Colombia en 2025: tienen aeropuertos)

Cuando este proceso se haya hecho efectivo, el arrendatario pedirá nuevos documentos para seguir adelante con el contrato. Los papeles dependerán de si es empleado, independiente, persona jurídica o pensionado.

  • Empleados: certificado laboral no mayor a 30 días, al menos 3 extractos bancarios, desprendibles de nómina y copia de la cédula.
  • Independientes: RUT actualizado, certificado de ingresos, últimos 3 extractos bancarios y declaración de renta.
  • Persona jurídica: últimos 3 extractos bancarios, cámara de comercio, estados financieros avalados por un contador, copia del RUT, última declaración de renta, certificado de la constitución de la entidad, libertad de gravámenes y certificado de tradición.
  • Pensionados: cédula, RUT, últimos 3 extractos bancarios, últimas constancias de pago, certificado libre de gravámenes y certificado de tradición.

En cuanto a los codeudores o fiadores, estos deben tener una finca raíz y presentar un certificado de Tradición y Libertad del inmueble. Por otra parte, en cuanto a los extranjeros, es necesario tener una cédula de extranjería, ya que en muchos casos no aceptan el pasaporte como documento.

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