Escrito por:  Redacción Economía
Oct 3, 2024 - 8:22 am

Los viajeros, que regresan a Colombia y deciden entrar artículos de uso personal, deben considerar las normas que tiene la Dian para el registro en los aeropuertos y evitar caer en malas prácticas por no pagar los impuestos correspondientes.

Muchas veces, no solo se trae ropa, dinero o recuerdos, sino que también se aprovecha para adquirir celulares que están a mejores precios en tiendas de otras naciones. Sin embargo, el Departamento de Impuestos y Aduanas Nacionales estableció un límite a la cantidad de teléfonos que se pueden ingresar por pasajero.

(Vea también: Qué no debe llevar en su equipaje de Colombia a Estados Unidos; hay artículos prohibidos)

De acuerdo con información de la página web de esa entidad, las personas podrán ingresar consigo como efectos personales y dispositivos móviles en una cantidad no superior a 3 unidades. Asimismo, estos deben ser declarados en el formulario 530, en el cual se debe registrar el IMEI y el valor en dólares americanos.

En el caso de superar ese límite, DEC Consultores aclara que los celulares podrían ser decomisados.

¿Cuánto cobra la Dian por importación?

Esa entidad aclara que los tributos aduaneros corresponden al gravamen arancelario del 10 % del valor ‘Free On Board’ – FOB, incluidos fletes y seguros, más el 19 % que corresponde al IVA. Cuando el valor FOB del envío sea igual o inferior a 200 dólares (837.545 pesos), no pagarán gravamen arancelario.

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¿Qué no se puede llevar en el equipaje de mano en Colombia?

El portal web de Royal Dutch Airlines aclara que los artículos restringidos en un equipo de mano en Colombia son los siguientes:

  • Dispositivos de autoequilibrado.
  • Armas de fuego.
  • Dispositivos para aturdir.
  • Objetos punzantes o cortantes.
  • Herramientas de trabajo utilizadas como arma.
  • Objetos contundentes.
  • Explosivos y sustancias inflamables.
  • Sustancias químicas y tóxicas.

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