De acuerdo con el funcionario en Blu Radio, el salario de este tipo de trabajos no se puede considerar como una nómina, ya que las personas que los contratan no son empresas y por ende, no se harían beneficiarias del subsidio del 40 % del salario mínimo que ofrece el Gobierno para mitigar el impacto del COVID-19 en los bolsillos de las compañías colombianas.

“Usted no es una empresa, es un hogar que le paga lo que debe a unas persona, uno no está generando valor de eso. Esto está diseñado para las empresas que tienen un empleado, en esos casos, eso no es una nómina de una empresa. Lo que queremos proteger es la nómina de los empleados colombianos, pero en este caso no vale”, manifestó Rodríguez en la emisora.

El director del DNP destacó en el medio que la manera en la que se podrían beneficiar estas personas  con la medida para no perder su empleo es a través de sus empleadores, ya que, según él, las empresas en las que ellos están contratados sí podrán pagarles todo su salario, y con este, les podrán pagar a sus empleados del servicio.

Empleados en Colombia, imagen de referencia.

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“Esa persona que trabaja en una empresa, si no tenía un subsidio a la nómina, muy seguramente lo iba a despedir, y en el momento en que lo despidieran muy seguramente tendría que despedir a sus empleados”, añadió el funcionario.

Es de recordar que el presidente Iván Duque declaró nuevamente el estado de emergencia económica por el impacto de la pandemia del coronavirus; con esta medida, aparte del subsidio a las nóminas de 350.000 pesos mensuales por cada empleado durante los próximos tres meses y el aplazamiento en pago de algunos impuestos, el Gobierno también puede tomar otras decisiones para mitigar los efectos de la enfermedad sobre el país.