La emergencia sanitaria, que lleva más de un año, ha propiciado que las personas tomen todo tipo de medidas para cuidar su salud y la de sus seres queridos. Sin embargo, es importante recordar que cuidar la salud no se limita a protegernos del virus, aunque, innegablemente, este se ha identificado como la amenaza más grande y visible en la actualidad.

El cuidado de la salud debe ser integral. Para esto, es necesario contar con practicidad, pero también aprender a ser precavidos. A continuación, compartimos algunas señales de alerta para identificar fácilmente la publicidad fraudulenta y los productos cuyo uso o consumo puede tener un impacto negativo en la salud, si no se toman las medidas a tiempo.

  • Los medicamentos de venta bajo fórmula médica, suplementos dietarios, alimentos procesados, bebidas energizantes, bebidas alcohólicas, cosméticos y dispositivos médicos, en su publicidad, no pueden expresar o sugerir que, la ingestión o uso exclusivo proporciona la cura de enfermedades, características o habilidades extraordinarias. Tampoco se deben incluir en sus etiquetas o rotulado figuras o imágenes que exageren sus nombres, indicaciones o propiedades, relacionadas con un estado de salud o con anuncios de beneficios terapéuticos o estéticos.
  • El contenido y alcance de las piezas publicitarias de medicamentos de venta libre, suplementos dietarios, productos fitoterapéuticos, bebidas energizantes y bebidas alcohólicas debe contar con autorización previa de la autoridad sanitaria (Invima).Cortesía
  • En la publicidad, rótulos y/o etiquetas de suplementos dietarios, bebidas, alimentos, productos cosméticos, productos de higiene personal y de aseo, no deben declararse propiedades que no puedan comprobarse o que señalen que los productos son útiles para prevenir, aliviar, tratar o curar una enfermedad, trastorno o estado fisiológico.
  • En relación con las bebidas energizantes, se debe tener precaución en su consumo, pueden consumirlas mayores de 14 años, no se deben mezclar con bebidas alcohólicas, tienen contenido elevado de cafeína, por lo que su consumo máximo diario se limita a tres latas por 250 ml. Su publicidad no debe vincularse con imágenes de contenido sexual, ni asociarse como bebidas recuperadoras de líquidos y electrólitos, o como bebidas cuya función nutricional es el reemplazo de líquidos y electrólitos. De igual forma, no se deben anunciar las bebidas energizantes como productoras de bienestar o salud, ni para generar un rendimiento físico extraordinario.Cortesía
  • Los productos Fitoterapéuticos y Homeopáticos no deben contener en su publicidad textos alusivos a: “Curas Milagrosas”, “Nuevo descubrimiento”, “Innovación Científica”, “Fórmula Secreta”, “Remedio Antiguo”.
  • Los productos a base de Cannabis publicitados para combatir trastornos inflamatorios, células tumorales y cancerosas, epilepsia, entre otras, deben estar amparados bajo registro sanitario aprobado por el Invima y sus indicaciones deben ser las expresamente incluidas en el registro sanitario.
  • Los medicamentos de venta bajo fórmula médica únicamente se pueden promocionar en publicaciones de carácter científico o técnico, dirigidas exclusivamente al cuerpo médico y odontológico.
  • Las bebidas alcohólicas deben contar con registro sanitario, información completa en su rotulado y estar debidamente selladas – cerradas. Su consumo y publicidad es regulado. No se puede inducir al consumo de bebidas alcohólicas por parte de mujeres embarazadas y menores de edad, ni asociar el deporte con el consumo de alcohol.
  • Cualquier publicidad de bebidas alcohólicas debe incluir de forma visible y legible (para medios de comunicación visuales) y clara y audible (para medios de comunicación sonoros) las siguientes leyendas sanitarias: “El exceso de alcohol es perjudicial para la salud” y “Prohíbase el expendio de bebidas embriagantes a menores de edad”.
  • Respecto de la oferta y/o publicidad con fines de comercialización de pruebas rápidas para la detección de COVID-19, son fraudulentas aquellas que no cuentan con registro sanitario o visto bueno de importación (VUCE) y no deben publicitarse de forma alguna. Tampoco debe fomentarse su utilización por parte de personal no idóneo, ni ser usadas como método de autodiagnóstico; deben ser realizadas por profesionales de la salud idóneos y competentes. Para la correcta interpretación de los resultados de apoyo diagnóstico, se autoriza su uso únicamente por Prestadores de Servicios de Salud habilitados por las Secretarías de Salud. NO son productos de venta libre.
  • Ante la duda, se recomienda preguntar a quién publicite y comercialice productos con algunas de las señales indicadas, por su registro sanitario, el cual debe haber sido otorgado en Colombia antes de su comercialización, incluso, cuando se trate de productos importados. De lo contrario, son productos fraudulentos. Es importante verificar que los productos cuenten con registro sanitario en invima.gov.co.
  • Al encontrar publicidad engañosa o fraudulenta, y para evitar que se siga poniendo en riesgo la salud pública, es compromiso de todos denunciar en https://sesuite.invima.gov.co:444/Pqrsd/peticiones/solicitud .

Es importante advertir que, a nivel mundial, todos los países continúan incansablemente en la lucha por encontrar curas y vacunas contra el COVID-19. Ninguno de estos productos puede ser comercializado u ofrecido directa y libremente a la ciudadanía, resaltamos que no son de venta libre, se encuentran bajo un estricto control y regulación del Gobierno Nacional.  En cuanto a los programas de vacunación en el país, estos se adelantan en ejecución de las políticas públicas en salud, debidamente coordinadas con los organismos internacionales.

Cuidarnos es responsabilidad de todos. En primer lugar, las entidades del sector salud tienen un reto en el fortalecimiento de programas y campañas de pedagogía y prevención que permitan cuidar de manera efectiva, la salud de los colombianos.

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En segundo lugar, la industria, fabricantes, productores y comercializadores de productos que tienen impacto en la salud, deben cumplir con la normatividad sanitaria, ofreciendo información veraz, comprensible y confiable a los consumidores. El llamado es para ir más allá, con medidas prácticas y eficaces de autorregulación por parte de las diferentes industrias y gremios, en pro del consumidor y de la salud individual y colectiva.

En tercer lugar, el rol de los consumidores debe ser cada día más activo, exigiendo productos de alta calidad, que cuenten con registro sanitario y que cumplan con todas las normas en materia de publicidad; no apoyar ni adquirir productos fraudulentos para no ser parte del engaño que puede llevar a muchos a poner en riesgo su salud.

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