
La seguridad vial es una prioridad para todos los conductores. Pero, ¿qué tan seguro es conducir con tacones? Este tipo de calzado, tan popular entre muchas mujeres, podría parecer inofensivo a simple vista.
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En Colombia, conducir con diferentes tipos de calzado no está prohibido y no hay ninguna ley que lo indique.
Sin embargo, esto no exime a los conductores de responsabilidades legales, si su capacidad para manejar, ya sea con tacones, sandalias o cualquier otro calzado, interfiere con la seguridad.
¿Pueden multar por conducir en tacones?
De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito, la infracción D07 indica, “conducir haciendo maniobras altamente peligrosas o irresponsables que pongan en peligro a las personas” tiene una multa que equivale a 781.200 pesos en 2024.
Con todo y lo anterior, significa que si los tacones llegaran a impedir el buen uso de los pedales y en dado caso se presenta una mal maniobra o hay algún tipo de accidente por pérdida de control, el conductor se enfrentaría a esta multa.
¿Cuáles son las multas poco conocidas en Colombia?
Más allá de las comúnmente conocidas, estas son otras de las multas menos sonadas, pero también importantes:
- No llevar el chaleco reflectivo obligatorio (motos):
- Circular con la placa ilegible.
- No respetar la distancia mínima entre vehículos.




¿Cómo se clasifican las multas en Colombia?
Las infracciones se dividen por letras: A, B, C, D, E y F, que van de menor a mayor gravedad y que van acarreando multas más considerables que son impuestas en salarios mínimos diarios legales vigentes.
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