
El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) es un requisito indispensable para circular por las carreteras colombianas, garantizando atención médica y cobertura en caso de accidentes.
(Vea también: Dolor de cabeza para dueños de carros en Colombia: les toca sacar más plata del bolsillo)
Tradicionalmente, este seguro se adquiere con una vigencia anual, pero una pregunta recurrente entre los conductores es si existe la posibilidad de comprarlo por días, especialmente para quienes no usan su vehículo con frecuencia o para situaciones puntuales.
En Colombia, bajo la regulación general, el SOAT tiene una duración estándar de un año para vehículos matriculados en el país, según lo establecido por la Superintendencia Financiera de Colombia y el Ministerio de Transporte.
Esto aplica para carros, motos, camionetas y demás categorías de vehículos nacionales, sin opción oficial de adquirirlo por períodos más cortos, como días o semanas.
La razón detrás de esta política es asegurar que todos los vehículos en circulación estén permanentemente cubiertos, protegiendo tanto a conductores como a peatones en caso de siniestros.
¿Quiénes pueden comprar el Soat por menos de un año?
Una excepción importante a esta regla se implementó en octubre de 2024, cuando la Superintendencia Financiera emitió la Circular Externa 013. Esta normativa permite que los vehículos extranjeros que ingresen a Colombia puedan adquirir un SOAT con vigencia ajustada al tiempo que circularán en el país, incluyendo la posibilidad de comprarlo por días.
Esta medida, enfocada en zonas fronterizas y turistas o transportistas internacionales, busca facilitar el tránsito temporal sin imponer la obligación de pagar un seguro anual completo.
Por ejemplo, un conductor ecuatoriano o venezolano que planee estar en Colombia por una semana puede ahora adquirir un SOAT por ese período exacto, con tarifas calculadas según el riesgo y los días de permanencia. Sin embargo, esta flexibilidad no se extiende a los vehículos matriculados en Colombia.
Para los colombianos, la idea de un SOAT por días sigue siendo un anhelo más que una realidad. Aunque no existe actualmente una opción oficial para adquirir este seguro por períodos cortos, el tema ha sido objeto de propuestas y discusiones.
En los últimos años, gremios como Fasecolda (Federación de Aseguradores Colombianos) y algunos congresistas han sugerido flexibilizar el sistema, argumentando que podría incentivar a más conductores a cumplir con la obligación, especialmente a motociclistas con bajos ingresos o propietarios de vehículos que no circulan regularmente.
Sin embargo, estas iniciativas no han prosperado debido a preocupaciones sobre la sostenibilidad financiera del sistema, que depende de las primas anuales para cubrir accidentes y mantener el fondo de atención a víctimas.
¿Qué necesita un extranjero para manejar un carro en Colombia?
Para que un extranjero pueda manejar un carro en Colombia de manera legal, debe cumplir con ciertos requisitos que varían según su situación migratoria (turista o residente) y la duración de su estadía.
- Si es turista (estadía menor a 90 o 180 días):
Licencia de conducción válida del país de origen: según el Artículo 25 de la Ley 769 de 2002, esta es válida durante el tiempo autorizado de permanencia en Colombia, que suele ser hasta 90 días (extensible a 180 días con prórroga migratoria).
Pasaporte con sello de entrada o una copia de la página que muestre la fecha de entrada: debe demostrar que está dentro del período permitido como turista.
Permiso Internacional de Conducción (recomendado): aunque no es estrictamente obligatorio según el Ministerio de Transporte, se recomienda obtener un Permiso Internacional de Conducción (PIC o IDP, por sus siglas en inglés) emitido en el país de origen. Este documento traduce la licencia a varios idiomas, incluyendo el español, y facilita las interacciones con las autoridades de tránsito.
Soat vigente: si el extranjero alquila un carro, la empresa de alquiler suele incluirlo; si conduce un vehículo propio o prestado, debe asegurarse de que esté asegurado. Para carros extranjeros que ingresan temporalmente, se puede adquirir un Soat por días en la frontera o en aseguradoras autorizadas.
Documentos del vehículo: si no es un carro alquilado, debe portar el certificado de registro (tarjeta de propiedad) y, en caso de ingreso temporal, el formulario de importación temporal gestionado ante la Dian (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales).
- Si es residente o turista con estadía prolongada (más de 180 días):
Licencia de conducción colombiana: si el extranjero tiene una visa (como residente, de trabajo o estudiante) y una cédula de extranjería, no puede usar su licencia extranjera de forma indefinida. En este caso, debe obtener una licencia colombiana.
Si la licencia extranjera es de España, Perú o Corea del Sur, puede convalidarla directamente gracias a tratados bilaterales, presentando una traducción oficial y otros documentos ante el Ministerio de Transporte.
SOAT vigente: al igual que los turistas, el vehículo debe tener Soat, ya sea anual o ajustado al tiempo de uso.
Cédula de extranjería: este documento reemplaza al pasaporte como identificación principal para residentes.
¿Cuánto vale el Soat en Colombia?
El costo del Soat en Colombia para 2025 varía según el tipo de vehículo, su cilindraje, antigüedad y uso, ya que las tarifas son establecidas anualmente por la Superintendencia Financiera de Colombia.
A continuación, algunos precios aproximados basados en la información oficial publicada para este año:
Motos:
- Ciclomotor: 117.900 pesos.
- Menos de 100 c.c.: 243.500 pesos.
- Entre 100 y 200 c.c.: 326.300 pesos.
- Más de 200 c.c.: 758.300 pesos.
- Motocarros, tricimotos y cuadriciclos: 367.800 pesos.
Vehículos familiares:
- Menos de 1.500 c.c. (menos de 10 años): 445.300 pesos.
- Menos de 1.500 c.c. (10 años o más): 590.400 pesos.
- Entre 1.500 y 2.500 c.c. (menos de 10 años): 542.400 pesos.
- Entre 1.500 y 2.500 c.c. (10 años o más): 674.700 pesos.
- Más de 2.500 c.c. (menos de 10 años): 633.500 pesos.
- Más de 2.500 c.c. (10 años o más): 751.300 pesos.
Camperos y camionetas:
- Menos de 1.500 c.c. (menos de 10 años): 789.600 pesos.
- Menos de 1.500 c.c. (10 años o más): 949.200 pesos.
- Entre 1.500 y 2.500 c.c. (menos de 10 años): 942.800 pesos.
- Entre 1.500 y 2.500 c.c. (10 años o más): 1’116.800 pesos.
- Más de 2.500 c.c. (menos de 10 años): 1’105.900 pesos.
- Más de 2.500 c.c. (10 años o más): 1’269.000 pesos.
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