Dan aviso a colombianos que ganan el salario mínimo mensual: recibirán hasta $ 731.000

Economía
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Escrito por:  Redacción Economía
Actualizado: 2024-12-10 14:36:10

Con la llegada de diciembre, miles de trabajadores en Colombia se harán con la prima de fin de año. Sin embargo, no todos saben cuánto les corresponde.

El final del año representa una muy buena noticia para los trabajadores en nuestro país. Ellos contarán con el beneficio de la prima, que se pagará junto a la nómina de diciembre.

Aunque muchos lo reciben, pocos se han sentado a hacer cuentas acerca de cuál es el monto que les corresponde por ese elemento.

(Vea tambiénConfirman cambio (grande) en contrato muy usado en Colombia; ¿afectará a trabajadores?).

Pero esas cuentas son muy fáciles de hacer y son bastante útiles para que usted proyecte cuánto dinero le ingresará en este mes que cierra el 2024.

Por ejemplo, una persona que gana un salario mínimo mensual recibe 1’300.000 pesos de sueldo base y 162.000 pesos del subsidio de transporte. Es decir, se hace con 1’462.000 pesos cada mes.

Considerando la mencionada suma, estas personas recibirán una prima en diciembre de 731.000 pesos. Eso sí, solo en el caso de que lleven todo el segundo semestre de 2024 trabajando en el mismo lugar.

Aquellos que lleven menos de 6 meses en su actual empresa, deben hacer el cálculo dividiendo los días trabajados y el equivalente al salario promedio de cada mes.

Cómo se paga la prima en Colombia

En Colombia, el pago de la prima de servicios es un derecho laboral establecido por la ley, aplicable a todos los trabajadores del sector privado que hayan laborado al menos un mes.

Este beneficio busca compensar el aporte del empleado al crecimiento de la empresa y se otorga dos veces al año.

Cuáles son los requisitos para recibir prima en Colombia

Los trabajadores deben estar vinculados mediante un contrato laboral (fijo, indefinido o por obra). Si el empleado no completó el semestre, recibe la prima proporcional a los días laborados.

Los empleados domésticos, trabajadores de fincas y choferes de servicio familiar también tienen derecho, según la Ley 1788 de 2016. Sin embargo, los independientes y contratistas no reciben prima porque no tienen relación laboral directa.

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