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Jaime Alberto Cabal, dirigente de la entidad, rechazó la propuesta de la ministra de Trabajo Gloria Ramírez de establecer horas extras a partir de ese horario.
Una nueva discusión surgió en torno a la ministra Gloria Ramírez pocos días después de haber asumido el cargo. La funcionaria habló en las últimas horas sobre la posibilidad de que regresen las horas extras y el recargo nocturno desde las 6:00 p.m.
La propuesta implicaría remuneraciones adicionales para los trabajadores, teniendo en cuenta que, actualmente, la jornada diurna va de 6:00 a.m. a 9:00 p.m. Ramírez explicó en Semana que el trabajo en el país está “precarizado y tercerizado” debido a la antigüedad del Código Sustantivo del Trabajo, adoptado por el Decreto Ley 2663 de 1950.
(Vea también: “Tienen que pagar”: se viene el impuesto para Netflix en Colombia (¿y subiría su precio?)
La propuesta de la ministra del Trabajo es ambiciosa, puesto indicó, al citado medio, que esta debería entrar en vigencia en los primeros 100 días del gobierno de Gustavo Petro. Sin embargo, el gremio de comerciantes no se mostró muy de acuerdo con la iniciativa.
Jaime Alberto Cabal aseguró que el proyecto podría ser contraproducente y aumentaría el índice de desempleo en el país, que se estableció en 11,3 % en julio, según el último informe del Dane.
“Por arreglar o mejorar las condiciones de los que hoy tienen empleo vamos a causar que menos gente tenga empleo, porque va a ser muy costoso generarlo. Si la jornada diurna se va a las 6:00 de la tarde, esto quiere decir que todas las horas adicionales serán extras. Si es dominicales y festivos, pues todavía mayor”, dijo en entrevista con Blu Radio.
El presidente de Fenalco señaló que el sector turístico, los bares y hoteles serían los más perjudicados, ya que “el trabajo nocturno es necesario”. Además, considera que las propuestas de la ministra son “juicios sin sustento”.
“En vez de unir, como dijo Petro, de unir a todos los colombianos, los que votaron por él y los que no, pues la ministra no le está haciendo buena propaganda a lo que se dice”, concluyó.
De acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo (artículo 168), el trabajo diurno se remunera con un recargo del 25 % sobre el costo ordinario, mientras que el nocturno, con un incremento del 75 %.
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