Extensión de permiso para trabajo en EE. UU.: así puede saber si es uno de los afortunados

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Escrito por:  Redacción Economía
Actualizado: 2023-11-02 13:27:54

Esté atento a las indicaciones que ha dado el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de ese país, que anunció el nuevo plazo de la medida.

Hace unos días, el gobierno de Estados Unidos dio una buena noticia para migrantes que se encuentran en ese país trabajando. El permiso de trabajo para muchos se extenderá automáticamente. Así es como funciona y la forma de solicitar el beneficio.

El Documento de Autorización de Empleo (EAD) cumple el papel de identificar a los trabajadores migrantes legales ante los empleadores en ese país y se extenderá de esta nueva forma puesto que se han presentado problemas en los tiempos de renovación y el documento se le ha vencido a varios sin haberlo actualizado.

(Vea también: Los problemas grandes que tendrían colombianos trabajando en EE. UU. con visa de turista)

El plazo de extensión volvió a ser de 180 días, luego de un aumento que había sido anunciado en 2022 (540 días), según lo señaló el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por siglas en inglés) en sus canales de información oficial. Este nuevo plazo aplica para quienes soliciten el permiso de trabajo desde el 27 de octubre. Sin embargo, para quienes ya tienen la extensión de 540 días, este plazo permanece de esta forma.

Cómo saber si soy beneficiario de extensión automática de permiso de trabajo en Estados Unidos

En primer lugar, es necesario aclarar que los migrantes que pueden acceder a este beneficio son:

  • Solicitantes de asilo.
  • Quienes tienen asilo aprobado.
  • Quienes tienen estatus de refugiado.
  • Quienes califican a cancelación de deportación.
  • Quienes califican a paro de deportación.
  • Quienes estén aplicando al ajuste de estatus.

De esta forma, las personas que aplican para la extensión automática y que presentaron una solicitud de renovación del formulario I-765 el 4 de mayo o posterior a esta fecha, recibirán una notificación de recibo que hace referencia a la extensión de 180 días. Esta estará acompañada del Documento de Autorización de Empleo (EAD). 

El Uscis también aclaró que este conjunto de documentos será prueba suficiente de la extensión para los empleadores o quienes requieran los papeles para comprobar el estatus de trabajo legal en ese país.

 

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