Una comisión de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) estuvo la semana pasada en el municipio de Fonseca (La Guajira). Durante su estancia, cuatro magistrados del Tribunal para la Paz, junto a funcionarios de la Misión de Verificación de la ONU, visitaron el antiguo espacio de reincorporación de Pondores, se reunieron con el alcalde Hamilton García y con víctimas del delito de secuestro, cometido por miembros de las antiguas Farc. El objetivo era verificar las condiciones en materia de seguridad, avances de la reincorporación, integración de los firmantes de paz con la comunidad, expectativas de las víctimas y disposición de las autoridades locales para apoyar las decisiones de la jurisdicción.

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El balance de la visita, según el presidente de la Sección de Reconocimiento del Tribunal para la Paz, Camilo Suárez, es positivo. “Pudimos dialogar tanto las autoridades administrativas a nivel departamental y municipal como con los comparecientes, las víctimas y algunas comunidades, y encontramos en todos un reconocimiento a la labor que viene adelantando la JEP y una total disposición y compromiso de contribuir a estos procesos de implementación del Acuerdo de Paz, pero, fundamentalmente, cumplir con las decisiones que en su momento imponga el tribunal para la paz”, afirma el magistrado.

La Sección de Reconocimiento de Verdad es la encargada de dictar sentencia en el macrocaso 01 de la JEP, sobre retenciones ilegales cometidas por miembros de las antiguas Farc. En este caso, conocido como el de secuestro, una sala de la JEP imputó al antiguo secretariado de la guerrilla por crímenes de guerra y de lesa humanidad como toma de rehenes, graves privaciones de la libertad y homicidios. En noviembre de 2022 el caso llegó al Tribunal para la Paz, que tiene la tarea de imponer la sentencia contra los responsables de estos delitos y determinar cómo deben reparar a las víctimas.

Precisamente para eso la JEP visitó Fonseca y ha llegado a otros espacios de reincorporación y municipios a lo largo y ancho del país. “Este es un modelo de justicia que no espera poner una sanción que de pronto no termina siendo realizable por temas presupuestales, de carácter burocrático o administrativo, que pueda afectar a las víctimas o la comunidad”, explica el magistrado Suárez.

Sin embargo, esta visita generó preguntas al interior del espacio de Pondores. Tanto así que los excombatientes entregaron una carta a la magistratura con sus dudas alrededor de los llamados “Toar” y las sanciones que les impondrá la justicia a los máximos responsables, siempre que hayan aportado verdad. Esto es lo que sabemos y lo que no sobre las sanciones de la JEP.

Lo que sabemos

  • ¿Qué son los Toar?.

“Toar” es la sigla que se refiere a los Trabajos, Obras y Actividades con contenido Restaurador y Reparador. Estos trabajos son los que deberán realizar las personas que sean halladas culpables y condenadas por la JEP, siempre que hayan aportado verdad plena ante esta justicia sobre los hechos que cometieron en la guerra. Otras personas sometidas a la JEP pueden hacer Toar de forma voluntaria, sin que hayan sido condenadas.

  • ¿Quiénes pueden hacer Toar?

Las personas que estén sometidas a la JEP. Es decir, excombatientes de las Farc, integrantes o exintegrantes de la Fuerza Pública que cometieron delitos en el conflicto, agentes del Estado o civiles que participaron en hechos del conflicto.

  • ¿Qué se busca con los Toar?

La JEP es una justicia transicional, eso quiere decir que, más que castigar con cárcel, busca que las sanciones contra los responsables del conflicto puedan reparar los daños que causaron a las víctimas. Por eso los Toar deben ser restauradores y reparadores. Por ejemplo, el antiguo secretariado de las Farc propuso un proyecto para buscar a las personas desaparecidas, que consiste en recorrer con excombatientes las zonas de los antiguos bloques y hacer una cartografía nacional y regional sobre los sitios en los que posiblemente estén enterradas estas personas.

  • ¿Cómo se definen los Toar?

La decisión final sobre cuáles son los Toar que se deberán cumplir la tiene el Tribunal para la Paz de la JEP. Sin embargo, para determinarlo, los magistrados deben propiciar espacios en los que los que las víctimas puedan decir claramente qué necesitan y cómo se sentirían reparadas. También, los responsables pueden proponer proyectos de Toar y los magistrados, junto a las víctimas, deberán evaluar qué tan convenientes, realizables y reparadores son. En conclusión, para definir un Toar debe haber diálogo entre las víctimas, los responsables y las instituciones.

  • ¿Qué piden las víctimas?

El panorama en Fonseca es complejo. La JEP se encontró con personas que no tienen el reconocimiento legal como víctimas porque no pudieron o no quisieron hacer el proceso, pero que ahora quieren participar de las decisiones de la justicia transicional. Para estas personas, la JEP empezó el proceso para acreditarlas como víctimas dentro del caso de secuestro. Además, el magistrado Suárez, explica que hay expectativas, sobre todo, para lograr la no repetición del conflicto.

  • ¿Qué proponen en Pondores?

La abogada Katy Sofía Nieto, quien acompaña a los firmantes desde el convenio OEI-JEP, explica que el trabajo en el espacio se ha desarrollado en “recuperación de vías a los corregimientos aledaños a Fonseca, también varias jornadas de reconciliación, reconocimiento de daños causados, y estamos adelantando actividades de memoria histórica. Pero, sobre todo, el trabajo ha sido de reincorporación comunitaria. En estos momentos están desarrollando unas actividades en concreto con las comunidades de Cañaverales y La Laguna”. Estas actividades las están documentando para presentarlas a la Sala Ejecutiva de la JEP para que sean certificadas como Toar.

Además de esto, Luz Marina Velásquez, firmante del acuerdo y líder en el antiguo espacio de reincorporación de Pondores, explica que, tienen varias propuestas, como la construcción del acueducto que beneficia a Conejo y un proyecto de energía fotovoltáica. “Esto impactaría a la comunidad, tendría contenido restaurador y reparador”, afirma.

Lo que no sabemos 

  • Los criterios para medir el nivel de reparación y restauración de un Toar

Hasta ahora, la JEP ha establecido que los toar deben “contribuir a la reconstrucción de los lazos sociales de las comunidades y colectivos que fueron afectados por distintos actores o a una transformación de la sociedad que permita la superación del conflicto armado interno, por medio de la búsqueda de la igualdad material, el cumplimiento integral del Acuerdo Final de Paz y la realización de la cláusula social del Estado Social de Derecho”.

Sin embargo, esto no es sencillo de traducir a acciones puntuales. Por eso la JEP tiene la tarea de escuchar a las partes, concertar cuáles Toar podrían efectivamente ayudar a reparar los daños y luego tomar una decisión.

También está en tensión la valoración de la gravedad de los hechos. Para el profesor Andrés Tafur, director del Centro de Estudios Regionales de la Universidad del Tolima, es un riesgo que, por buscar la reconciliación no se les dé la dimensión adecuada a los hechos. “Aquí estamos hablando de crímenes graves. El asunto es cómo hacemos para resarcir el daño. No es abracémonos, esto tiene que apuntar a la restauración de los daños del conflicto, pero no es dejando de reconocer la gravedad en términos de responsabilidad algunos hechos prácticos”, dijo durante un panel de la Universidad Nacional.

La profesora de la Universidad del Rosario, Catalina Peralta, señaló también que la falta de criterios claros sobre las sanciones propias y los toar “generan unas incertidumbres enormes en los comparecientes”, sin embargo, sus ideas o proyectos “parecen responder de manera inmediata a las expectativas de las víctimas porque ellas sienten de alguna manera que hay un mejoramiento inmediato de sus condiciones materiales: arreglos de infraestructura, de alcantarillados, de acueductos municipales”. Pero no está claro si esto va a coincidir con las exigencias de la institución.

  • ¿Cómo se van a financiar los Toar?

El magistrado Camilo Suárez explica que hay un presupuesto definido por la Ley Estaturaria de la JEP. “Las autoridades y los ministerios deben apropiar un rubro presupuestal un presupuesto para la imposición de sanciones. Lo que nosotros conocemos es que se ha incorporado en el Plan Nacional de Desarrollo un artículo donde se garantiza el presupuesto para el sostenimiento e implementación, ejecución, cumplimiento y sostenibilidad de las sanciones propias y del sistema restaurativo”, explica.

Para lograrlo, el Congreso debe aprobar una ley que permita a las instituciones apropiarse de los recursos. Otra posibilidad es la cooperación internacional y los recursos Pdet.

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  • ¿Se van a restringir las libertades?

Este es uno de los puntos que más preocupa a los firmantes de paz. En la carta entregada a la JEP, afirman que les preocupa que se reviva “la figura de cárceles a cielo abierto o convertir a las AETCR en pabellones de reclusión. También hemos escuchado hablar de un dispositivo electrónico de geolocalización satelital como imposición a los eventualmente sancionados, lo que vendría a representar una restricción excesiva de locomoción y otras libertades, generando una obstaculización al proceso de reincorporación en su integralidad, porque nos lleva a una limitación amplia desde todos los aspectos, en lo político, social y económico”. Asimismo, los excombatientes se preguntan si cumplir con un toar es incompatible con participar políticamente.

Cómo se van a restringir esas libertades y cuáles tampoco está claro. “Cada caso se estudia de manera muy particular lo que establece nuestra normatividad. Lo que nos impuso la Corte Constitucional es que la compatibilidad o incompatibilidad (de la participación política) con el cumplimiento de la sanción debe analizarlo el Tribunal”, dice el magistrado.

  • ¿Dónde se pagarán los Toar? ¿Cómo se contará el tiempo?

Muchos excombatientes se establecieron en espacios de reincorporación en lugares en los que no operaron. También hay militares o exmilitares que residen en sitios distintos a las regiones en las que cometieron crímenes, o están en guarniciones militares. Por esto surge la pregunta de dónde van a cumplir las sanciones y a cuáles víctimas van a reparar, si deberán moverse o no. De igual forma, aún no está definido cómo se descontará el tiempo de las sanciones, si será por horas, jornadas o en tiempo calendario. La Jurisdicción debe definir esto claramente en la sentencia que emita.

Lo que sigue

La JEP continuará visitando espacios de reincorporación para verificar las condiciones que hay de cara a las sanciones del caso de secuestro. En Fonseca, además, planean hacer una audiencia para escuchar a las víctimas, que para entonces deberán estar acreditadas, y a los firmantes. En seis meses la Sección de Reconocimiento deberá emitir su primera sentencia.