Por: El Espectador

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Este artículo fue curado por Marizol Gómez   Jun 4, 2024 - 3:40 pm
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El Tribunal Superior de Bogotá negó la tutela presentada por la Compañía de Medicina Prepagada Colsanitas S.A. y Keralty S.A.S en contra de la Superintendencia Nacional de Salud.

La entidad prestadora solicitaba que se le protegieran los derechos al debido proceso, igualdad y libertad de asociación, además solicitaban que se le ordenara a la Supersalud detener las medidas administrativas que había tomado en contra de la EPS.

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Sin embargo, el Tribunal consideró que esta medida era improcedente, pues no probaron que hubieran sufrido una afectación irremediable con estas medidas.

Desde el pasado 15 de abril, Juan David Riveros, abogado del grupo Keralty en Colombia, había anunciado que implementarían una serie de medidas jurídicas en pro de recuperar, por todos los medios legales, la posesión de una EPS intervenida por el gobierno de Gustavo Petro. En ese momento, denunciaron al Superintendente de Salud, Luis Carlos Leal, por prevaricato.

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Esta confrontación comenzó con una resolución emitida por Superintendencia en la cual tomaban posesión financiera de la EPS Sanitas, asegurando problemas financieros y que está gastando más de lo que recibe para garantizar la salud de sus 5,7 millones de afiliados, entre otras razones. Keralty respondió presentando una queja disciplinaria, por la cual se inició una investigación contra el superintendente Leal en la Procuraduría.

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