
Uno de los trámites más complicados para los colombianos consiste en la declaración de renta, pues muchos tienen dudas sobre las fechas, los requisitos exigidos para hacerla y hasta las condiciones para saber si se debe tributar o no, teniendo en cuenta lo exigido por este trámite.
(Vea también: Los que deban declarar renta en Colombia reciben mensaje: así podrán darles beneficios)
Pero se debe comenzar por lo más básico para comprender lo demás, por lo que hay que partir sabiendo en qué consiste la declaración de renta. Así las cosas, este trámite es la diligencia de un documento en el que los colombianos, que cumplen con ciertos requisitos, deben consignar sus ingresos, egresos e inversiones.
Así las cosas, y teniendo en cuenta el grave problema que recientemente ha tenido la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), con estos aportes se pretende mejorar la situación presupuestaria de la nación para adelantar los programas sociales y demás inversiones del Gobierno.
Y es que el tema es serio, pues no presentar la declaración de renta a tiempo puede suponer cuantiosas multas que superan los 400.000 pesos y costos adicionales conforme avanza el tiempo con este trámite pendiente.
Cuándo se debe hacer la declaración de renta en Colombia para 2024
Para este año, los contribuyentes colombianos deben hacer su declaración de renta entre el 12 de agosto y el 24 de octubre. Ahora bien, los días específicos para hacer la declaración entre los colombianos debe ir acorde con el último dígito del número de identificación tributaria (NIT) de las personas jurídicas.
Por su parte, las personas naturales que deban cumplir con esta obligación tienen que tener en cuenta el último dígito de su cédula de ciudadanía para saber en qué momento deben hacer dicho trámite en el periodo estipulado y citado anteriormente.
Quiénes deben hacer declaración de renta en Colombia en 2024
Los colombianos que deben declarar renta en 2024 son aquellos que cumplan con las siguientes condiciones:
- Que su patrimonio bruto, al término del año gravable 2023, sea igual o supere los $ 190.854.000
- Que sus gastos con tarjeta de crédito hayan sido iguales o superiores a los $ 59.377.000
- Que haya recibido $ 59.377.000 o más en sus cuentas bancarias.
- Que haya comprado o consumido más de $ 59.377.000 en el gasto que fuera, bien sea restaurantes, hoteles, ropa, entre otros.
- Que el valor total acumulado de consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras sean igual o superior a $ 59.377.000.
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