Escrito por:  Redacción Economía
Sep 18, 2023 - 12:44 pm

En Colombia, hay una clase de requisitos que tienen los ciudadanos para poder pensionarse. La primera es que deben tener la edad mínima requerida por la ley, la cual para los hombres es de 62 años y la de las mujeres de 57. Además, hay que cotizar durante unas semanas determinadas, las cuales son de 1.300 en fondo público y 1.150 en fondo privado.

(Ver también: ¿Aumentará la edad de jubilación con la reforma pensional? Mintrabajo aclara su posición)

Ahora, cabe recordar que cuando se está llegando a la edad, hay que tomar decisiones para que le llegue de la mejor manera el dinero mes a mes y que así no vaya a tener problemas o dificultades en el futuro.

Por ejemplo, una decisión que hay que tomar es la modalidad de administración y pago que quiere asumir, ya que hay 7 según la ley, pero en la práctica son solamente dos las que marcan el futuro de los desembolsos: retiro programado y renta vitalicia.

Dependiendo de la que se elija, el dinero de pensión lo manejará ya sea el mismo fondo de pensiones con el que ahorró o una aseguradora, teniendo en cuenta que cada una trae pros y contras que debe evaluar cada cotizante.

Qué diferencia hay entre retiro programado y renta vitalicia

Tal como explicó la página del fondo de pensiones Protección, el retiro programado es aquel en el que el mismo fondo de pensiones administra el dinero y se lo va pagando mensualmente al jubilado. Con esta opción, hay que tener en cuenta que cada año se hace un recálculo dependiendo de la edad, el núcleo familiar y el momento financiero nacional, por lo que cada año el pago puede subir, bajar o mantenerse igual, dependiendo de dicho análisis.

Ahora, tenga en cuenta que, explicó la página, si mediante pasan los años la cuota va disminuyendo y el valor de los pagos se acerca al salario mínimo (en 2023 es de 1’160.000), tendrá que pasarse a la renta vitalicia para que le manejen el dinero restante.

Por otro lado, si el pensionado fallece, los aportes y rendimientos son heredables, así que no habrá problemas para que el dinero se lo pasen a un familiar. Finalmente, tenga en cuenta que el contrato con el fondo de pensiones se puede cancelar en cualquier momento para pasarse a la otra opción sin ningún tipo de restricción.

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En cuanto el tema de renta vitalicia, lo que sucede es que al momento de llegar a la edad de la pensión, el fondo le vende el pago de la pensión a una compañía aseguradora para que esta se haga cargo de desembolsar el dinero cada mes al cotizante.

Cuando se elige esta opción, hay que tener en cuenta que dicha aseguradora será la encargada de pagar las mesadas mensualmente, asumiendo los riesgos del mercado, ya que en esta no se hace ningún tipo de recálculo anual, sino que siempre la mesada va a subir de acuerdo al IPC o lo que corresponda según el salario mínimo que se establezca.

Ahora, con esta opción también es necesario tener en cuenta que cuando la persona fallezca, si no tiene beneficiarios de ley que puedan acceder a una pensión por sobrevivencia, el monto que quedaba no es heredable, por lo que los recursos pasan a ser propiedad de la compañía aseguradora.

(Ver también: Pensión en Colombia: requisitos y documentos que necesita si está próximo a jubilarse)

Finalmente, tenga en cuenta que a diferencia del retiro programado, este contrato es irrevocable, por lo que debe pensar muy bien los pro y los contras antes de tomar una decisión que, en este caso, si es de por vida.

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