Ordenan suspender uso de gases lacrimógenos y otros agentes químicos en protestas

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Escrito por:  Redacción Nación
Actualizado: 2020-11-01 07:43:37

El Ministerio de Defensa respondió al fallo de tutela que ordenó la suspensión del uso de agentes químicos en las protestas, entre ellos los gases lacrimógenos.

Aunque la orden del Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bogotá fue emitida el pasado jueves 29 de octubre, dicho fallo se hizo público solo hasta este sábado gracias a la respuesta del MinDefensa frente a esa decisión.

De acuerdo con un comunicado de la cartera de Defensa, el fallo ordena “de forma inmediata, al Presidente de la República y a la Nación – Ministerio Defensa Nacional – Policía nacional que suspenda el uso de los agentes químicos”, prohibición que se mantendrá “mientras se encuentre vigente la emergencia sanitaria [por la COVID-19] dispuesta por el Gobierno Nacional o sus prórrogas”.

¿Qué agentes químicos no podrán ser usados durante las protestas?

Según apartes de la mencionada orden judicial, publicados por el Mindefensa, esta implica la suspensión de los siguientes agentes químicos:

  • Dispositivo lanzador de pimienta, con propulsión pirotécnica, gas o aire comprimido.
  • Granadas con carga química CS, OC.
  • Granadas fumígenas.
  • Cartuchos con carga química CS, OC.
  • Cartuchos fumígenos y/o cualquier otra sustancia semejante.

Sobre algunos de estos elementos químicos, cabe recordar las advertencias que existen sobre sus riesgos y peligros para la salud humana.

Mindefensa responde a la orden de suspender el uso de agentes químicos en protestas

El Ministerio de Defensa expresó su respeto a “la independencia judicial” y el “derecho a la manifestación pacífica”, a la vez que aclaró que “el uso de armas menos letales por parte de la Policía Nacional se realiza de conformidad con las normas internacionales de protección a los derechos humanos y los protocolos y reglamentos internos que para el efecto existen”.

No obstante, dicha oficina dio a entender que recurrirá a mecanismos judiciales para evaluar la situación a partir del ordenamiento jurídico nacional e internacional que existe al respecto.

“El Ministerio de Defensa Nacional hará uso de las herramientas disponibles en el ordenamiento jurídico, con el fin de que se realice una evaluación de acuerdo con el marco jurídico y el fundamento internacional y nacional que existe sobre la materia”, precisó la cartera.

FUENTES CONSULTADAS

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