Se acaba visa muy usada para ir a EE. UU.: estos trabajadores ya no podrán entrar

Estados Unidos
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Escrito por:  Redacción Estados Unidos
Actualizado: 2025-03-06 16:22:53

Se trata del documento EB-4, que hace parte de la categoría de las personas que ingresan a Norteamérica a trabajar. En pocos días expirará.

Desde que Donald Trump asumió la presidencia de Estados Unidos, las medidas contra los migrantes se han endurecido. En la última semana, el mandatario le pidió al Congreso nuevos recursos para seguir deportando a los que están en el país de forma ilegal.

Este jueves se conoció una nueva medida que afectará a los migrantes. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) anunció que una visa que hace parte de las dirigidas a los trabajadores expirará pronto.

La visa EB-4 para algunos trabajadores religiosos dejará de emitirse desde el 13 de marzo a medianoche. Este documento beneficiaba a más de 140.000 migrantes anualmente y era dirigido a quienes cumplían funciones específicas en el país.

¿A quiénes afectará la suspensión de la visa EB-4?

El programa expirará el 14 de marzo y estaba dirigido a los trabajadores religiosos que no son ministros y no arreglaron su situación. Monjas, traductores, monjes y otros roles serán algunos de los damnificados.

(Vea también: Dicen para qué sirven las visas G-1, G-2, G-3 y G-4 a Estados Unidos: son muy especiales)

¿A quiénes les daban la visa EB-4 para entrar a Estados Unidos?

Esta visa era conocida por ser el documento para migrantes especiales por las labores que cumplían en Estados Unidos.

  • Trabajadores religiosos.
  • Jóvenes inmigrantes en situaciones especiales.
  • Empleados de organismos de radiodifusión.
  • Funcionarios o empleados retirados de organizaciones internacionales (G4) y sus familiares.
  • Empleados civiles de la OTAN-6 y sus familiares.
  • Miembros de las fuerzas armadas de EE. UU.
  • Trabajadores gubernamentales de la antigua Compañía del Canal de Panamá.
  • Médicos con licencia que ejercían en EE.UU. antes del 9 de enero de 1978.
  • Personas que han brindado información sobre actividades criminales o terroristas.

Sin embargo, el trámite podrá hacerse hasta antes de la fecha límite. Para acelerar el proceso, una organización deberá demostrar que quien la solicite cumple con un papel esencial.

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