Personas que ganen menos de $ 2.847.000 y vivan en arriendo en Bogotá recibirán regalazo
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Visitar sitioEl subsidio será para familias que viven en arriendo y deben comprometerse en un ahorro programado para la cuota inicial de una vivienda nueva.
Con el ánimo de apoyar a las familias que viven en arriendo, en un barrio legalizado, y quieran comprar vivienda, el Distrito abrió una convocatoria para asignar subsidios, con los que buscan apoyar a familias de escasos recursos en un ahorro programado, que sirva como semilla para completar la cuota inicial.
Se busca incentivar hábitos financieros saludables, que les permitan mejorar sus condiciones socioeconómicas para la adquisición de una vivienda social en la ciudad.
(Vea también: “Ajustaron el valor”: dejan aburridos a miles que compraron vivienda VIS o VIP en Bogotá)
¿De cuánto será el valor?
El valor del subsidio será de hasta 7,44 SMMLV ($ 10.590.840 en 2025) al momento de la asignación, que se desembolsará en cuotas 12 cuotas mensuales en 12 cuotas durante de hasta 0,62 SSMMLV ($ 882.570 en 2025).
¿Cuáles son los requisitos?
- El/la jefe de hogar debe ser mayor de edad.
- El hogar o alguno de sus miembros debe ser población vulnerable, es decir:
-
- Riesgo de feminicidio o cualquier otra clase de violencia intrafamiliar.
- Víctima del conflicto armado interno.
- En proceso de “reincorporación o reintegración”.
- Miembro de la fuerza pública, veteranos o caídos en combate.
- Discapacidad.
- Personas cuidadoras y cabeza de hogar.
- Persona joven.
- Persona transgénero.
- Que se el hogar se encuentre habilitado en un programa de subsidio de la Secretaría Distrital del Hábitat para la adquisición de vivienda.
- Hogares monoparentales.
- Minorías étnicas.
- Adulto mayor.
- Acreditar ingresos de hasta dos salarios mínimos mensuales legales vigentes ($2.847.000 para el año 2025).
- Ningún integrante del hogar debe ser propietario de una vivienda en el territorio nacional, salvo las excepciones dispuestas en el Decreto Distrital 431 de 2024 o la norma que lo adicione, modifique o sustituya.
- No haber sido beneficiario de un subsidio familiar de vivienda que haya sido efectivamente aplicado.
- Los demás dispuestos por el Decreto Distrital 431 de 2024 o la norma que lo adicione, modifique o sustituya.
¿Cómo puedo acceder al subsidio?
El hogar interesado en acceder al subsidio deberá diligenciar el formulario de postulación dispuesto por la Secretaría Distrital del Hábitat y aportar los soportes documentales que se relacionan en el mismo.
Así mismo, se realizarán convocatorias en las que establecerá: los períodos para la postulación, el número de subsidios que se pretenden asignar en cada convocatoria acorde con la disponibilidad presupuestal y la modalidad del subsidio.
¿Qué más se debe saber del programa?
- ¿El valor del subsidio lo consignan a mi cuenta?
– Sí, se deposita en la cuenta certificada por el hogar para el desembolso del subsidio.
- ¿Cuánto es el valor mensual del subsidio?
– El precio del subsidio es de $882.570 mensuales en 2025 (0,62 SSMMLV).
- ¿Cuánto debo ahorrar mensualmente?
– El hogar beneficiario debe ahorrar mínimo, durante la vigencia del subsidio, $384.345 pesos mensuales.
- ¿En qué momento debo consignar el ahorro?
– El ahorro se consigna previo al desembolso del subsidio, ya que es un requisito para el pago del mismo.
- ¿Puedo utilizar el dinero que vaya ahorrando?
– No, el ahorro se debe consignar en una cuenta de ahorro programado que estará inmovilizada durante la vigencia del subsidio.
- ¿Puedo ser beneficiario(a) del subsidio si vivo en una habitación o un inquilinato?
– No, la vivienda en arriendo donde se aplique el subsidio debe estar ubicada en un barrio debidamente legalizado y cumplir con unas condiciones mínimas de habitabilidad que serán verificadas previamente por la Secretaría Distrital del Hábitat.
- ¿Puedo cambiar de vivienda en arriendo si soy beneficiaria del subsidio?
– Sí, pero se debe avisar previamente a la Secretaría Distrital del Hábitat para que revise las condiciones de la vivienda.
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