Obligarían a empresas a tomar decisión sobre sus trabajadores y a muchos no les gustará
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Visitar sitioEste jueves se radicó ante la Cámara de Representantes el nuevo proyecto de la reforma laboral del Gobierno de Gustavo Petro. Tiene 92 artículos.
El Gobierno del presidente Gustavo Petro presentó otra vez el proyecto de reforma laboral y este jueves fue radicado ante la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes.
(Lea también: Micronegocios en Colombia tendrían cambio en aportes a seguridad social con reforma laboral)
La base del texto es casi la misma que la que se hundió en la primera mitad del año. Pero entre todo el articulado hay una parte en la que se propone un giro en la manera de laborar en el país. Vale mencionar que la anterior versión del proyecto tenía 76 artículos y la nueva trae 92.
De aprobarse la iniciativa, las empresas estarían obligadas a implementar el trabajo desde casa, una modalidad que creció exponencialmente durante la crisis de la pandemia, que tuvo su época más dura en 2020. Sin embargo, con el retorno de la normalidad en la vida y la economía, muchas empresas volvieron a la presencialidad y otras optaron por la alternancia.
La operación del teletrabajo dependerá del tamaño de las empresas. Por ejemplo, si una compañía tiene una nómina entre 20 y 50 empleados, deberá poner en marcha el trabajo desde casa de, mínimo, un 5 % de su personal.
Para el caso de las empresas con 50 y 200 trabajadores, deberán mandar a sus casas al 10 % de su nómina, es decir, unas 20 personas. De 200 empleados en adelante, la cuota será de 15 %.
Es válido preguntarse cómo funcionaría este ajuste si se aprueba la reforma. La propuesta indica que, inicialmente, durante el primer semestre después de entrar en vigencia, las compañías no están obligadas a mandar a sus colaboradores a teletrabajar, pero en ese lapso deben organizarse para los cambios.
Después de esos seis primeros meses sí se vuelve obligatorio ajustar las modalidades de trabajo e implementar el trabajo desde casa.
El texto, como se había mencionado, trae otras propuestas. Por ejemplo, formaliza la posibilidad de cotización en seguridad social a tiempo parcial.
Esta posibilidad se define para tipos de vinculaciones como plataformas de reparto y contratos agropecuarios. De acuerdo con el nuevo documento, los micronegocios podrán realizar pagos a la seguridad social a tiempo parcial.
La reforma también confirma la creación de la figura de plataformas digitales de reparto, cuyos trabajadores pueden ser dependientes o independientes. A los primeros deben hacerles los aportes correspondientes a seguridad social, mientras que para los segundos la empresa reconocerá el 60% y ellos pondrán el 40%.
(Vea también: Confirman cuáles son los nuevos artículos de la reforma laboral; hay cambios minúsculos)
Entre tanto, para parejas adoptantes del mismo sexo se estableció que definirán, por una sola vez, quién de ellos gozará de la licencia de paternidad y quién la de maternidad.
A su vez, los deportistas profesionales y entrenadores que estén bajo subordinación de clubes profesionales, deberán ser vinculados mediante un contrato especial que podrá pactarse por temporadas y permitirá formas de terminación de mutuo acuerdo.
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